Modelo 111-Atrasos por convenio

José2022

Miembro
Buenas tardes,

En Marzo, he tenido que hacer a un cliente atrasos de ENERO Y FEBRERO 2024 a sus dos trabajadores ( por convenio). Esos nóminas de atrasos de enero y febrero, también habría que reflejarlas en el modelo 111 del 1ºT?

Agradezco vuestra ayuda.

Un saludo.
 

Nana

Miembro conocido
Buenos días
Correcto, los atrasos de enero y febrero los declaras en el momento del pago (marzo), es decir, el primer trimestre

E imagina que salen atrasos de 2023 que pagas ahora en abril 2024, los declararias en el segundo trimestre 😊

Espero haberte ayudado

Buena semana!
 

TOÑITA

Miembro
Hola, otra duda del modelo 111. En el primer trimestre 2023 declaramos una factura de un profesional con fecha 23 de enero (porque era la fecha de la factura) pero, en la descripción ponía trabajados de diciembre. La he declarado mal? tenía que haber hecho una complementaria de 4 trimestre del 2022.
 

Ichitaka Seto

Miembro activo
Las retenciones se declaran en el momento del pago; por tanto, si en Enero del año pasado pagaste una factura de fecha de ese mismo mes, aunque en el concepto pusiese de trabajos del año anterior, la declaraste bien.

Salu2. :cool:
 

DANI ML

Miembro conocido
Sin problema si lo has declarado en el 1T 2023. Técnicamente es cuando se produce el pago..... pero lo más pragmático y lo que menos problemas dará siempre, es si coincide con la fecha de la factura.
 
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