Regularización IRPF - diferencia importante

Eva.J.

Miembro
Buenos días!!!
A finales de octubre nos entró en la asesoría una empresa nueva (sí, a dos meses de finalizar el año...), y ya tengo un problema gordo con una de las nóminas. Resulta que a una de las chicas le han subido el sueldo considerablemente a mediados de año, no así la retención. Ahora, al hacer la regularización del IRPF la diferencia es brutal, de 2mil y pico euros que tenía que haber ingresado, solo se ingresaron 420€. Entiendo que no puedo regularizar esto en la nómina de diciembre puesto que dejaría a la trabajadora sin cobrar... ya que prácticamente es el sueldo de un mes...! Cómo procederíais si os encontrarais esta situación? Pagar en el 4T toda la retención a cuenta de la empresa sin descontar nada a la trabajadora? Dejarlo pasar y ver si la trabajadora presenta renta y paga? Y si no paga, esperar la cartita de Hacienda? Se os ocurre alguna otra idea? Muchas gracias!!!
 

elchuske

Miembro conocido
Pues decirselo sin mas y cumplir con la ley. Eso de que paga la empresa me temo que no se puede hacer. No me acuerdo que articulo del ET es que lo prohibe.
Si ya tenia una gestoria esa empresa y a dos meses de finalizar el año se pira.... mmmmmm...
Algo va mal.
Haga o no haga la renta hacienda pedira las nominas , o no, pero yo no me arriesgo. y alguien pagara los platos rotos. Pero en el 190 ya estas diciendo que lo has hecho super mal.
En fin.....
 

FIRMAMENTO

Miembro activo
Yo creo que también es mejor ingresar lo que corresponda, tuve un caso hace algunos años por retener de menos y le llego requerimiento a la empresa para justificarlo, ... en mi caso estaba bien retenido en base a que comunicó mal los datos del modelo 145, ... sé que no es tu caso pero también hay que mirar bien la ley porque algo me suena de que hay algún límite en la retención de diciembre pero puedo equivocarme ....
 

Cachilipox

Miembro conocido
Hablarlo con la empresa y la trabajadora.
Aplicar toda la retención que corresponda a 2024 en 2024, y por supuesto, a cargo de quien corresponda (la trabajadora).
Concederla a la trabajadora un anticipo "suficiente" como para que cobre algo de nómina ahora en diciembre, y que se vaya descontando progresivamente a lo largo de 2025, de forma "suave".
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Pero tened en cuenta un par de cosas:

- las variaciones en las retenciones deben corresponderse a una las causas de regularización expresamente tasadas por la norma y, entre ellas está, obviamente, el aumento de las percepciones inicialmente previstas (pero esto sucedió a mitad de año, y la regularización se debía haber realizado ese mes o, según que mes se tratara, julio u octubre, aplicando la posibilidad que también contempla la norma de diferir las regularizaciones a los meses de abril, julio u octubre (el más inmediato posterior al que se produzca la causa de regularización). Y el no haber regularizado en plazo no es causa de regularización (no puedo contar con regularizar a final de año para ajustar desviaciones en las retenciones no praticadas correctamente en su momento).

- el tipo de retención máximo es el 47%. Haciendo abstracción de lo expuesto en el punto anterior, no sé si en el caso de esta empleada el retenerle ahora esos más de dos mil euros puede suponer superar esa porcentaje.

Otra cosa es que se recalculen las nóminas desde el mes en que tuvo el aumento de salario (o desde julio u octubre, según fuera el mes en cuestión en el que tuvo el aumento), en teoría habría que presentar liquidaciones 111 a cuenta pero como no son individualizadas, aún siendo lo correcto, tal vez no sea necesario y ajustarlo todo en el 111 de diciembre). El resultado será unas diferencias de líquido que se han ido acumulando desde entonces y que se regularizan ahora en diciemebre. El impacto en el neto de la nómina de la empleada será el mismo, pero al menos no se hace una regularización "a saco" (no permitida por la norma) en diciembre ni, si hubiera sido el caso, se rebasa el tope del 47% de retención.
Como ha sido por causa inmputable a la empresa (vale, a la anterior gestoría, pero, a estos efectos, imputable a la empresa) otra cosa es que le conceda un anticipo para paliar en parte el impacto (pero haciéndole ver que durante unos meses ha estado percibiendo un importe neto superior al que realmente le correspondía).
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Hablarlo con la empresa y la trabajadora.
Aplicar toda la retención que corresponda a 2024 en 2024, y por supuesto, a cargo de quien corresponda (la trabajadora).
Concederla a la trabajadora un anticipo "suficiente" como para que cobre algo de nómina ahora en diciembre, y que se vaya descontando progresivamente a lo largo de 2025, de forma "suave".
Se cruzaron nuestras respuestas, y que en el fondo dan soluciones similares (acabar reteniendo lo que corresponde y ofrecer un anticipo a la empleada para paliar ese impacto en el importe neto de la nómina por causa imputable a la empresa), pero vuelvo a recordar tanto el que el evidenciarse a final de año diferencias en las retenciones (por no haber retenido lo que correspondía en su momento) no es causa de regularización y, además, el tope máximo del 47% de retención (pero si lo que hacemos es recalcular cada una de las nóminas del periodo afectado es otra cosa) y , por otro lado, aunque yo también he apuntado esa posibilidad, cuidado con el "anticipo suficiente", ya que legalmente solo se puede solicitar anticipos sobre el salario devengado y un exceso sobre el mismo Hacienda puede considerarlo como una retribución y sujeta a tributación.
 

Enric

Miembro
Es que no es tu responsabilidad, Eva J., que otro no haya regularizado la retención en el mes que tocaba. Creo que a veces nos cargamos con responsabilidades de "marrones" o errores que han cometido otros (sean los propios clientes u otros) y que creemos que nos toca a nosotros cargar con ellos sí o sí. Ya tenemos bastantes piedras en la mochila, para tener que cargar con más.
Dependerá de si presenta Renta o no. Yo le comentaría a la empresa el error/marrón que hay y que estén en sobreaviso de que si no presenta Renta la trabajadora, les tocará a ellos asumir las retenciones no ingresadas + sanción y luego que las reclame a quien las tenga que reclamar y si es un importe alto que el otro asesor lo reclame a su seguro de responsabilidad civil, que para eso lo pagamos.
Yo tuve un caso similar hace años en el que fui yo quien no calculó correctamente las retenciones por un aumento de salario y cuando llegó el requerimiento de la AEAT, pues me hice cargo de la cuota + sanción. Fue una pu..., pero era un cliente importante y no quería perderlo.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Es que no es tu responsabilidad, Eva J., que otro no haya regularizado la retención en el mes que tocaba. Creo que a veces nos cargamos con responsabilidades de "marrones" o errores que han cometido otros (sean los propios clientes u otros) y que creemos que nos toca a nosotros cargar con ellos sí o sí. Ya tenemos bastantes piedras en la mochila, para tener que cargar con más.
Dependerá de si presenta Renta o no. Yo le comentaría a la empresa el error/marrón que hay y que estén en sobreaviso de que si no presenta Renta la trabajadora, les tocará a ellos asumir las retenciones no ingresadas + sanción y luego que las reclame a quien las tenga que reclamar y si es un importe alto que el otro asesor lo reclame a su seguro de responsabilidad civil, que para eso lo pagamos.
Yo tuve un caso similar hace años en el que fui yo quien no calculó correctamente las retenciones por un aumento de salario y cuando llegó el requerimiento de la AEAT, pues me hice cargo de la cuota + sanción. Fue una pu..., pero era un cliente importante y no quería perderlo.
Yo es que como hablo desde la perspectiva de la empresa (no estoy en gestoría/asesoría externa), lo sigo viendo como un problema o responsabilidad de la empresa y que, dentro de la dificultad, se debe solventar de la mejor forma posible.
Que el error viene de la anterior asesoría eso queda claro, pero al menos si que advertiría a la empresa, nuestro cliente, del tema, de la importancia de solventarlo y de las consecuencias o riesgos de no hacerlo (y si somos realmente "asesores" no "gestores", trataría de dar soluciones, sobre la base de que se intenta subsanar incidencias heredadas de la anterior asesoría).
Como empresa yo no me quedaría tranquilo presentando un 190 anómalo (y que lo presenta la asesoría actual), pero si, habíendo sido informada, lo asume... nada más que decir.
 

Eva.J.

Miembro
Mi intención es solucionarlo de la mejor forma posible, puesto que, aunque el error lo cometieron otras personas, soy yo la que tengo que tomar la decisión de cómo arreglar esto . La empresa ya está avisada y ha entendido perfectamente que no soy culpable. Lo único que no se como abordar el tema. Como dice Nando_bcn, mi intención es poner encima de la mesa las posibles soluciones, hablarlo con la empresa, y proceder...! La verdad me han ayudado mucho las respuestas, os lo agradezco de corazón! :)
 
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