Caslaboral
Miembro conocido
Buenas amigos y feliz año!
Tengo ya un par de CASIAS discutiendome con TGSS por un tema de recargos. Os pongo en contexto: Liquidacion de octubre, que se paga en noviembre, el cliente se pasa de dia y paga el recibo el 02-12-2024. Total, mando el recibo a TGSS para que me manden carta de pago de solo el recargo (esto ha sido HOY). Me mandan carta de pago y resulta que me estan haciendo esto: recargo original del 10% (porque esta pagado en diciembre) mas el 20% de ese recargo como otro recargo por pagarlo en enero XD.
Esto? opiniones vuestras? Segun YO, no se puede aplicar un recargo a una deuda que es un recargo (articulo 10.3 del RD 1415/2004), por tanto, se deberia pagar unicamente el recargo del 10% de la deuda original. Es asi o me pierdo algo?
Tengo ya un par de CASIAS discutiendome con TGSS por un tema de recargos. Os pongo en contexto: Liquidacion de octubre, que se paga en noviembre, el cliente se pasa de dia y paga el recibo el 02-12-2024. Total, mando el recibo a TGSS para que me manden carta de pago de solo el recargo (esto ha sido HOY). Me mandan carta de pago y resulta que me estan haciendo esto: recargo original del 10% (porque esta pagado en diciembre) mas el 20% de ese recargo como otro recargo por pagarlo en enero XD.
Esto? opiniones vuestras? Segun YO, no se puede aplicar un recargo a una deuda que es un recargo (articulo 10.3 del RD 1415/2004), por tanto, se deberia pagar unicamente el recargo del 10% de la deuda original. Es asi o me pierdo algo?