Fallecimiento Empresario

ROGMZ

Miembro
Buenos días, la mensualidad contemplada en el art 49.1 ET, Entiendo que es concepto indemnizatorio y que no cotiza solo tributa. Gracias, un saludo.
 

africallora

Miembro conocido
Fundación me parece estupendo, pero simplemente quiero saber donde se estipula en la ley para ubicarme contextualizarme. Igual que la de despido objetivo se contempla en el art referido, ésta deberá esta definida en algún art. Gracias por tu aportación, pero pedía fundamento jurídico. Gracias.

Rentas exentas artículo 7 de la Ley de IRPF > Art.7.5 > F) Indemnizaciones exentas derivadas de la extinción de la relación laboral por muerte, jubilación o incapacidad del empresario 👈

«Están exentas las indemnizaciones por estas causas que no excedan del importe equivalente a un mes de salario».
 
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Christian

Miembro activo
sabéis que plazo tiene la empresa para cursar la baja? me han avisado del fallecimiento del día 22/01/2025 y no se si puedo irme tan atrás y que puedan cobrar el paro por los 15 días o hacerlo a 31/01/2025
 

toni

Miembro conocido
Haz las baja del RETA y trabajadores con fecha 22 y tira de CASIA aportando el certificado de defuncion y no deben ponerte problemas para ponerlas en plazo. En cuanto al desempleo estan aun en el plazo de los 15 dias pero date prisa,
 
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