Hola,
Resolucion denegatoria de incapacidad con fecha 24/02 que se le comunica a la trabajadora el 27/02. La empresa recibe el burofax de la trabajadora solicitando vacaciones desde el 25/02 (error por su parte) el día 03/03 y la resolucion del INSS con la fecha de comunicación a la trabajadora el 04/03.
Yo pensaba que mediante un casia me pondrían el alta en fecha 28/02, que es el día siguiente a que recibió la trabajadora la comunicación y, a mí entender, la fecha correcta pero me dicen que nanay, que el alta o es previa o el día que se mecanice...
Os copio la respuesta, que me enferma cuando lo fácil lo hacen complicado:
DENEGACION DE INCAPACIDAD E INCORPORACION EFECTIVA AL PUESTO DE TRABAJO-DENEGATORIA
La notificación de la resolución denegatoria de reconocimiento de Incapacidad Permanente conlleva la incorporación del trabajador a su puesto de trabajo.
Con carácter previo a dictar la oportuna resolución, debe señalarse que el acto administrativo del alta del trabajador en la Seguridad Social consiste en la comunicación de la iniciación de la prestación de servicios del trabajador a la empresa, siendo obligación de la empresa comunicar el alta con carácter previo al inicio efectivo de la prestación de servicios por el trabajador, y ello con independencia de la fecha de notificación de la resolución denegatoria de la Incapacidad Permanente. De no hacerlo así y en aplicación del art. 35 del RD 84/1996, la misma tendrá efectos desde el día en que se formule la solicitud.
Resolucion denegatoria de incapacidad con fecha 24/02 que se le comunica a la trabajadora el 27/02. La empresa recibe el burofax de la trabajadora solicitando vacaciones desde el 25/02 (error por su parte) el día 03/03 y la resolucion del INSS con la fecha de comunicación a la trabajadora el 04/03.
Yo pensaba que mediante un casia me pondrían el alta en fecha 28/02, que es el día siguiente a que recibió la trabajadora la comunicación y, a mí entender, la fecha correcta pero me dicen que nanay, que el alta o es previa o el día que se mecanice...
Os copio la respuesta, que me enferma cuando lo fácil lo hacen complicado:
DENEGACION DE INCAPACIDAD E INCORPORACION EFECTIVA AL PUESTO DE TRABAJO-DENEGATORIA
La notificación de la resolución denegatoria de reconocimiento de Incapacidad Permanente conlleva la incorporación del trabajador a su puesto de trabajo.
Con carácter previo a dictar la oportuna resolución, debe señalarse que el acto administrativo del alta del trabajador en la Seguridad Social consiste en la comunicación de la iniciación de la prestación de servicios del trabajador a la empresa, siendo obligación de la empresa comunicar el alta con carácter previo al inicio efectivo de la prestación de servicios por el trabajador, y ello con independencia de la fecha de notificación de la resolución denegatoria de la Incapacidad Permanente. De no hacerlo así y en aplicación del art. 35 del RD 84/1996, la misma tendrá efectos desde el día en que se formule la solicitud.