Intereses INSS

Ana Maria

Miembro
Buenos días, sabéis si es posible reclamarse al INSS intereses de demora? es decir, días antes del juicio reconoce la prestación reclamada, se puede pedir se le condene al pago de intereses desde que la solicitó hasta su tardío reconocimiento, siendo objetivo que debía percibirla?
 

FERNANDO

Miembro conocido
Entiendo que sí; los intereses de demora que marca el art. 1100 del código civil y sgiuientes.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Antes hablé: pues salió sentencia del TS, precisamente, del 8-4-2025, que dice que no es preceptivo abonar intereses de demora en el orden prestacional, dado que la LGSS ya regula dichos intereses en casos determinados (nunca prestacionales). Ojo, en instancia el juez sí habló de abonarlos y hay un voto en contra de la resolución mayoritaria.

Otra cosa es que se hubiese pactado en vía judicial mediante resolución, pudiéndose aplciarse el art. 576 LEC.
 
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