Buenos días.
Llevamos en ERTE desde comienzos de año. Entre otros, 2 trabajadoras están en la siguiente situación.
* La primera fue madre en diciembre de 2024. Disfrutó de sus 6 primeras semanas de baja, la lactancia acumulada y, una vez acabada esta, la metimos en ERTE. Le quedan por disfrutar las 10 semanas restantes de baja por maternidad que nos ha pedido cogerlas a partir del 14 de julio.
* La segunda, una trabajadora que entró en ERTE en febrero. En enero estuvo activa y cogió 4 días de vacaciones ese mes.
Ahora les requerimos su reincorporación ya que hay trabajo. La primera no me ha cogido el teléfono y le hemos citado por mail para reincorporarse el martes próximo, haciéndole constar que respetaremos su baja maternal desde el 14/07, pero que del 24/06 al 13/07 debe trabajar.
La segunda me ha transmitido que pensaba irse de vacaciones en julio, aunque le he dicho que debe reincorporarse el martes 24/06. Además, no tiene vacaciones generadas para irse de vacaciones en julio.
En caso de no reincorporación, ¿burofax, que aleguen y valoramos despido disciplinario por no asistencia al trabajo?
Por otro lado, y sobre la segunda y su querencia de vacaciones en julio para viajar (entiendo que a su país), ¿es compatible cobrar el ERTE y estar en el extranjero de vacaciones?
Llevamos en ERTE desde comienzos de año. Entre otros, 2 trabajadoras están en la siguiente situación.
* La primera fue madre en diciembre de 2024. Disfrutó de sus 6 primeras semanas de baja, la lactancia acumulada y, una vez acabada esta, la metimos en ERTE. Le quedan por disfrutar las 10 semanas restantes de baja por maternidad que nos ha pedido cogerlas a partir del 14 de julio.
* La segunda, una trabajadora que entró en ERTE en febrero. En enero estuvo activa y cogió 4 días de vacaciones ese mes.
Ahora les requerimos su reincorporación ya que hay trabajo. La primera no me ha cogido el teléfono y le hemos citado por mail para reincorporarse el martes próximo, haciéndole constar que respetaremos su baja maternal desde el 14/07, pero que del 24/06 al 13/07 debe trabajar.
La segunda me ha transmitido que pensaba irse de vacaciones en julio, aunque le he dicho que debe reincorporarse el martes 24/06. Además, no tiene vacaciones generadas para irse de vacaciones en julio.
En caso de no reincorporación, ¿burofax, que aleguen y valoramos despido disciplinario por no asistencia al trabajo?
Por otro lado, y sobre la segunda y su querencia de vacaciones en julio para viajar (entiendo que a su país), ¿es compatible cobrar el ERTE y estar en el extranjero de vacaciones?