Calcular indemnizacion

Arturo39

Miembro
Buenas, ya sé que ha podido salir este tema muchas veces,pero por si me puede alguno ayudar.


Trabajador que ha estado estado de alta el 1 de mayo del 2025 hasta el 15 de septiembre 2025.

Ha tenido un salario bruto : Mayo ( 2500€), Junio (2100€), Julio( 2050€) Agosto (2200€ ) y septiembre ( 1700) = 10.550€.

En este tiempo son 138 días.

¿Tengo que hacer esto ? 13.150 / 138 días =95,29€

? Sería así correcto ? Gracias.
 

Naialaboral

Miembro conocido
Buenas, ya sé que ha podido salir este tema muchas veces,pero por si me puede alguno ayudar.


Trabajador que ha estado estado de alta el 1 de mayo del 2025 hasta el 15 de septiembre 2025.

Ha tenido un salario bruto : Mayo ( 2500€), Junio (2100€), Julio( 2050€) Agosto (2200€ ) y septiembre ( 1700) = 10.550€.

En este tiempo son 138 días.

¿Tengo que hacer esto ? 13.150 / 138 días =95,29€

? Sería así correcto ? Gracias.
Entiendo que lo correto es 10.550 €/138 = 76,45 €
 

Arturo39

Miembro
Gracias naialaboral. Si quería poner 10.550€.

y si ha trabajado 138 dias para calcular los días que le corresponden, hacéis una cuenta de 3?

365 días............... ................................................................................... 20 días por año ( indemnización)
138 días ( días que ha estado trabajando)................................. x


X= 7,56 ---- ¿8 días le correspondería ?
 

Nando_bcn

Miembro conocido
La fracción de mes se considera como mes completo, a estos efectos, pero, en otro orden de cosas... ¿a qué se debe esa variación de salario cada mes? ¿Se trata tal vez de conceptos variables? Respecto a ellos, si es el caso, si hay que hacer la media, pero respecto al fijo, se considera el vigente en el momento del despido, aunque le hubiera cambiado justo el día anterior.
 

isabarros

Miembro activo
La fracción de mes se considera como mes completo, a estos efectos, pero, en otro orden de cosas... ¿a qué se debe esa variación de salario cada mes? ¿Se trata tal vez de conceptos variables? Respecto a ellos, si es el caso, si hay que hacer la media, pero respecto al fijo, se considera el vigente en el momento del despido, aunque le hubiera cambiado justo el día anterior.
A lo de la fracción de mes se considera mes completo, entiendo que te refieres a que en este ejemplo:

Mayo: 31 dias
Junio: 30 dias
Julio: 31 dias
Agosto: 31 días
Septiembre 30 dias

Es decir para el cálculo de la indemnización, tendrías en cuenta 153 días en lugar de los 138 días que comenta @Arturo39
 
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Naialaboral

Miembro conocido
A ver, como dice @Nando_bcn hay que tener en cuenta que las fracciones de mes se considerna mes completo, entonces la indemnizacion que le correspondería sería:

Despido objetivo:

- 5 meses trabajados = 20 × (5/12) = 8,33 días de indemnización.




 

Nando_bcn

Miembro conocido
A lo de la fracción de mes se considera mes completo, entiendo que te refieres a que en este ejemplo:

Mayo: 31 dias
Junio: 30 dias
Julio: 31 dias
Agosto: 31 días
Septiembre 30 dias

Es decir para el cálculo de la indemnización, tendrías en cuenta 153 días en lugar de los 138 días que comenta @Arturo39
Sí, me refería a los meses de antigüedad a considerar a efectos de la indemnización (no para el cálculo del salario dia), en el sentido que en este caso habrá que considerar 5 meses.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Pero, por otro lado, para calcular el salario/día hay que confirmar:

- cuál es el salario fijo vigente en el momento del despido (en esto no se hace media, el vigente y punto)
- si hay conceptos (de naturaleza salarial) variables (aquí si se hace la media).
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Yo entro a la página del Consejo General del poder judicial que tiene una aplicación y lo calcula sólo..
Claro, pero tendrás que informar (además de la antigüedad y tipo de despido) los datos salariales, ya sea salario anual, mensual o diario, pero diferenciando entre fijo y variable, y a mi aún no me queda claro este punto en el caso ahora planteado y en base a la información facilitada.
En este sentido, reitero las cuestiones que planteo en mi mensaje inmediatemente anterior.
 
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Carlos80

Miembro
Nando_bcn ¿a qué se debe esa variación de salario cada mes? . Pues porque tiene un plus de nocturnidad, festivos.....y dependiendo que mes de las horas que haga por la noche, etc pues cobra mas o menos.
 

Carlos80

Miembro
Naialaboral , en tu caso : 5 meses trabajados = 20 × (5/12) = 8,33 días de indemnización.

Aquí entonces,¿ son 8 días de indemniz. ? Yo hago que si es 8,56 o así, ya serían 9 días
 

isabarros

Miembro activo
Pero, por otro lado, para calcular el salario/día hay que confirmar:

- cuál es el salario fijo vigente en el momento del despido (en esto no se hace media, el vigente y punto)
- si hay conceptos (de naturaleza salarial) variables (aquí si se hace la media).
Para el cálculo del salario diario fijo, ¿tomas como referencia siempre el del momento del despido?
Ejemplo trabajador a jornada completa que hace 2 meses lo pasan a 20 horas a la semana, le hacen un despido objetivo, ¿tomas el salario diario que tenía justo en ese momento?
 

Naialaboral

Miembro conocido
Para el cálculo del salario diario fijo, ¿tomas como referencia siempre el del momento del despido?
Ejemplo trabajador a jornada completa que hace 2 meses lo pasan a 20 horas a la semana, le hacen un despido objetivo, ¿tomas el salario diario que tenía justo en ese momento?
  • Salario base fijo: se toma el vigente en el momento del despido, es decir, el correspondiente a 20h/semana.
  • Variables: se promedian los últimos 12 meses (a jornada completa y parcial)
 

Arturo39

Miembro
EL NOMINAS, gracias por el link, pero por ejemplo si en la pagina sale esto y pongo estos datos:

Fecha de inicio : 25/4/2025
Fecha de finalización :31/08/2025

¿Dónde habría en estos casos que pinchar cuando se ha trabaja solo 5 meses y con un sueldo bruto diferente todos los meses?
? En salario bruto: Diario, Menual o Anual ?
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Nando_bcn ¿a qué se debe esa variación de salario cada mes? . Pues porque tiene un plus de nocturnidad, festivos.....y dependiendo que mes de las horas que haga por la noche, etc pues cobra mas o menos.
Pues en ese caso (no sé si se trata del mismo consultante) vuelvo a lo mismo, habrá de diferenciar, a estos efectos, qué corresponde a esos conceptos variables (plus nocturnidad , festivos...) y ahí hacer la media, y cual es el salario fijo, repito una vez más, vigente en el momento del despido
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Naialaboral , en tu caso : 5 meses trabajados = 20 × (5/12) = 8,33 días de indemnización.

Aquí entonces,¿ son 8 días de indemniz. ? Yo hago que si es 8,56 o así, ya serían 9 días
Salario diario x nº meses (redondando al alza la fracción de mes) x 20 (o 33...) / 12 (y con los límites previstos y particularidades, en su caso, de despidos con antigüedad anterior a la reforma de 2012)

En este caso, y si se trata de un despido objetivo y queremos calcular la indemnización por despido procecente:

"salario diario" (aún pendiente de confirmar) x 5 x 20 / 12
 
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