JUBILACIÓN TRABAJADOR BONUS

laboral consultas

Miembro activo
Hola,
Tenemos un trabajador que a final de año se jubilará. La empresa quiere pagarle una gratificación por los años de servicio. En este caso, cómo procedo a la cotización de la gratificación, complementaria de enero a diciembre? Puede existir algún problema teniendo en cuenta que la base de cotización se incrementará el último año. A ver que la gratificación es real y comprensible cuando alguien lleva en la empresa más de 25 años, pero claro, no sé cómo puede afectar en la seguridad social.

¿Cómo lo cotizaríais? muchas gracias!
 

Wastual

Miembro conocido
complementaria de enero a diciembre?
Sí, eso es.

Puede existir algún problema teniendo en cuenta que la base de cotización se incrementará el último año. A ver que la gratificación es real y comprensible cuando alguien lleva en la empresa más de 25 años, pero claro, no sé cómo puede afectar en la seguridad social.
Supuestamente, una vez cotizado según lo que indica la norma, el INSS, de cara a resolver la pensión de la persona trabajadora en cuestión, en efecto, puede limitar las subidas que haya experimentado la BC de los dos últimos años, de conformidad con el art. 209.2 TRLGSS.
Pero eso afecta a la hora de determinar cual es la cuantía a emplear en el cálculo de la base reguladora de la pensión, en ningún caso hace diferente el procedimiento de la liquidación de cuotas que, como se ha indicado antes, debe seguir la regla general para devengos superiores al mes.

Ahora bien, por experiencia, nunca he observado una resolución en la que se hubiera hecho uso de tal prerrogativa: se incluían las nominales comunicadas a través de SILTRA.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Por otro lado, aunque la consulta se centra en cotización y posible impacto en la base reguladora de la pensión,a efectos de tributación por el IRPF en principio se prodría aplicar la reducción por rendimiento irregular o generado en un periodo superior a dos años.
 

fundación

Miembro conocido
Esa tributación tendría el 30% de reducción por rendimiento irregular si el tjdor. lleva más de dos años en la empresa y si además el premio estuviera regulado en el convenio desde hace más de dos años.
 
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