RECALCULO IRPF

Tronchacadenas

Miembro conocido
para la AEAT un céntimo no, para nuestra querida tgss por un céntimo que no calculaba bien el programa me devolvía los tramos, me estaba volviendo loco hasta que averigué el p***o céntimo
 

Nessa

Miembro conocido
Ni por céntimos ni por 10 euros. A partir de ahi igual me lo pensaba, pero no por un céntimo. Espera que lo saco y te lo doy. Mi tiempo vale más.
 

SaviR

Miembro activo
Se supone que el programa de nóminas recalcula las retenciones (mensual o trimestral), según como lo tengas configurado, por tanto no es necesario verificar con el programa de la Aeat si están bien o mal calculadas las retenciones.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Más allá de la anécdota del importe que en este caso estamos hablando (1 céntimo), el esfuerzo hay que ponerlo en asegurarse que el programa de nóminas lo tenemos bien configurado respecto a tema IRPF y retenciones, hacer las verifaciones (me refiero a las automáticas, las que hace el propio programa de nómina) sobre posibles regularizaciones cuando toca (eso es, cada mes, o, como alternativa, concentrarlas en abril, julio, octubre, noviembre y diciembre). Si está bien configurado y se verifica (repito, verificación que hace el propio programa de nómina y cuando corresponda, ya sea porque tiene programado cuándo o porque se ejecuta expresamente cuando corresponde) no hay que preocuparse de nada más, el programa de nóminas lo hace todo solo y se supone que bien. Pueden existir diferencias (deberían ser pequeñas) con los cálculos que hace el programa de Hacienda, pero que puede deberse a la propia dinámica de las retenciones y regularizaciones y que no necesariamente es anómalo (al revés, podría ser anómala una regularización por detectarse una diferencia con el programa de Hacienda, verificación hecha o final de año, o en cualquier momento del año, pero obviando la dinámica concreta de las retenciones y regularizaciones desde inicio de año. Si, en paralelo, desde inicio de año o desde la fecha de incorporación, se fueran haciendo verificaciones paralelas mes a mes, no deberian existir diferencias, pero si haciendo todo correcto, puntualmente, etc, al hacer una verificación de golpe a final de año se detecta una diferencia, precisamente, como digo, lo anómalo puede ser hacer esa regularización, porque probablemente se ha estado haciendo todo bien, y, entre ottras cosas, si por ej, estamos en diciembre, no han habido variaciones desde el cierre de la nómina anterior de noviembre, ni en previsión de ingresos, de gastos ni situación personal, no se puede regularizar, es justo uno de los límites o condiciones para regularizar, debe haber una variación desde el último mes en el que correspondia regularizar; sin variaciones no se puede regularizar.

Cuando me ha tocado llevar este tema, durante muchos años, y a pesar de mi obsesión por el tema de las retenciones y que sean correctas, nunca me generó nada de trabajo hacer verificaciones con el programa de Hacienda. Siemplemente y en mi caso (con A3Nom) tenía la referencia del cálculo de Hacienda, pero global, que el propio programa de nómina hacía, tenia también el resultado de lo que habia estado haciendo de forma automática (pero bien parametrizado y ejecutando las verificaciones automáticas sobre posibles regularizaciones mes a mes) el programa de nómina y, obviamente, más allá de tratar de verificar algún caso concreto que podía llamarme la atención, daba por bueno los cálculos realizados por el programa de nómina (incluídos los casos muy puntuales que, por algún motivo, había verificado).
 
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