Duda 4 años IVA a compensar.

rjgtijola

Miembro
Buenas, si tengo este desglose de iva:
2017 Iva a compensar -2000
2018 iva a compnesar -1900
2019 iva a compensar -1600
2020 iva a compensar -2900
2021 futuro iva a compensar -2900

Me hago lío con los 4 años de plazo para no perder el iva a compensar aplicado. Según este ejemplo; para no perder el IVA por el plazo comentado de prescripción (4 años); se tendría que solicitar como mínimo la devolución de 2000.-€ al acabar el ejercicio 2021?
 

Ichitaka Seto

Miembro activo
Buenas,

El plazo de 4 años para compensar el IVA no deducido se computa declaración a declaración.

Es decir, el importe de los IVA's a compensar de las declaraciones del 1T y del 2T de 2017 los has perdido pues el plazo acaba con las declaraciones del 1T/2021 y del 2T/2021.

Si no puedes compensar en el 3T/2021 ningún importe pendiente, perderás también la posibilidad de recuperar el importe del 3T/2017.

Ten en cuenta esto para pedir la devolución en Enero con la declaración del 4T/2021.

Salu2.:cool:
 

Pau2801

Miembro activo
Pero hay que tener en cuenta, que el plazo de compensación caduca a los cuatro años, por lo cual es importante comprobar la antigüedad real del IVA pendiente de compensar. Llegados los cuatro años y por tanto su caducidad, se dispone de cuatro años más para solicitar la devolución de las cuotas soportadas.
 

johncor33

Nuevo miembro
Buenas retomo el hilo, en el caso e importes que argumenta el compañero/a rjgtijola

2017 Iva a compensar -2000
2018 iva a compnesar -1900
2019 iva a compensar -1600
2020 iva a compensar -2900
Suma total de saldo a compensar: -8400,00 euros
Que ocurriría por ejemplo si en el 2020 en el 2T (le saldria a pagar 1500 euros y usa saldo a compensar existente ) y en el 3t /le saldría a pagar 1600 euros y usa saldo a compensar existente ).......se sobreentiende de que ese saldo que se usa para compensar pertenece al período 2017 para la AEAT y no prescribe en 2021?
Gracias y un saludo
 

Nessa

Miembro conocido
Buenas retomo el hilo, en el caso e importes que argumenta el compañero/a rjgtijola

2017 Iva a compensar -2000
2018 iva a compnesar -1900
2019 iva a compensar -1600
2020 iva a compensar -2900
Suma total de saldo a compensar: -8400,00 euros
Que ocurriría por ejemplo si en el 2020 en el 2T (le saldria a pagar 1500 euros y usa saldo a compensar existente ) y en el 3t /le saldría a pagar 1600 euros y usa saldo a compensar existente ).......se sobreentiende de que ese saldo que se usa para compensar pertenece al período 2017 para la AEAT y no prescribe en 2021?
Gracias y un saludo
¿En qué año estamos en tu ejemplo? Si estamos en 2026 lo que no se haya compensado/devuelto hasta la fecha ya está prescrito.
 

Nessa

Miembro conocido
Pues a mi modesto entender esta todo prescrito. Lo que no entiendo es porque no se pidio la devolucion en su dia. Siempre hay que pedir la devolucion.
Yo tengo un cliente que algún año ha perdido iva a compensar porque me ha prohibido pedir la devolución. No sé, algo le debe de dar miedito o algo...
 

elchuske. clases pasivas

Miembro conocido
haaaa de eso del miedo ya conozco a varios. Pero yo siempre pido la devolucion. Y cuando les devuelven el dinero siempre es la misma cantinela. Es que me dijo la otra asesoria que si pido devolucion levanto la liebre. Pues a llorar al rincon.
 
Arriba