SUBIDA SALARIAL CON PACTO

IVO

Miembro conocido
Buenos dias, si una emrpesa se rige por pacto y establece una subida salarial del IPC y el convenio estatal de esa actividad marca el IPC mas x% ¿prevalece el convenio o el pacto? Teniendo en cuenta que con el pacto ganan en salario base mas que lo que marca el convenio, mas de un 20%. ¿Tiene sentido que pretendan reclamar la subida del IPC Mas un X%?
 

IVO

Miembro conocido
Si el pacto mejora lo que dice el convenio, gana el pacto de empresa, si no manda convenio
entonces aunque el porcentaje de subida sea mayor en el convenio al estar por encima el pacto ganaria el porcentaje del pacto? o gana el porcentaje l convenio? Es que quieren aplicar para lo que conviene el pacto y para lo que no el convenio.
 

SaviR

Miembro activo
A la MSB (Masa Salarial Bruta), de 2025, hay que aumentar lo más beneficioso (en este caso el convenio) y olvidarse de si cobra más o menos, son derechos adquiridos.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
A la MSB (Masa Salarial Bruta), de 2025, hay que aumentar lo más beneficioso (en este caso el convenio) y olvidarse de si cobra más o menos, son derechos adquiridos.
Mmmm.... no lo acabo de ver. El incremento del convenio opera sobre los conceptos de convenio, no sobre las mejoras voluntarias respecto al mismo.
Respecto a esa mejora, habrá que ver si tiene carácter compensable o absorbible respecto a los incrementos de convenio o no.

Si el incremento de los conceptos de convenio por el "IPC mas x%" supone un salario superior al actual incluyendo ese mejora, habrá que ver si esa mejora tiene naturaleza compensable o absorbible (y, en principio, salvo que por pacto o previsión de convenio se contemple otra cosa, tiene naturaleza compensable o absorbible). De ser así, el nuevo salario será el que corresponda a ese incremento del "IPC mas x%" respecto al salario de convenio (pero no respecto al que era el salario global, mejora incluída, vigente hasta entonces). Y si no tiene naturaleza de compensable o absorbible, en ese caso el nuevo salario será el salario de convenio incrementado en ese "IPC mas x%" más la mejora voluntaria pero en su importe anterior al incremento de convenio (reitero, sin incrementarla en ese "IPC mas x%").
Y si resulta que el incremento del salario global (de convenio más mejora) más el IPC es superior al nuevo salario de convenio (incrementado con ese "IPC mas x%", pero, claro, aunque supone un porcentaje superior, solo aplica a los conceptos de convenio), pues ese será el nuevo salario global (esto es, salario anterior global más el IPC, no más "IPC mas x%")

En cualquier caso, tratándose de mejoras voluntarías habrá que estar a lo acordado o definido y si se pactan estas cosas (no ya solo una mejora respecto al convenio, que es bastante habitual, sino además los incrementos de ese ese salario global) es importante definirlo de inicio de forma suficientemente clara y evitar estas posibles dudas, incluso conflictos.

Saludos
 

Nessa

Miembro conocido
¿El convenio no dice nada al respecto? Hay convenios que dicen que la subida será como mínimo X por encima de lo que se estuviera cobrando incluso aunque fuera superior a lo establecido en convenio...
 

SaviR

Miembro activo
¿En 2025, figuraba algún concepto como: complemento absorbibles?, si no consta en la nómina, a pagar lo más beneficioso para el trabajador.
 

IVO

Miembro conocido
Algunos tienen complementos salariales y el pacto solo hace referencia a la subida de salario segun IPC (Ya tienen salarios bases por encima a los del convenio en mas de un 20%)
 
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