¿? No te embargan la pensión cobrandola x ventanilla ¿?

pajarillo

Miembro conocido
:eek: He estado leyendo en otros foros que hay pensionistas que cambian la modalidad de cobro de su pensión de jubilación a ventanilla, sin que pase por cuenta bancaria, para de este modo eludir embargos que pueden tener, ¿es esto cierto?, me suena un poco a ciencia ficción, por que si no habría  decenas (cientos?) de miles de pensionistas cobrando su pensión de este modo. ¿Es que la Seguridad Social no se da cuenta de esto?.

Entiendo que el acreedor puede solicitar judicialmente información para saber de quién está pagando al pensionista (incluyendo, lógicamente, a la Seguridad Social) y solicitar el embargo directamente a esta. Osea, no te embargarían las cuentas bancarias, pero la Seguridad Social practicaría el embargo directamente sobre el importe de la pensión.
 

Aslasa

Miembro
Te embargan la parte proporcional a SALARIOS, la historia de los embargos pendientes es que si la pensión toca la cuenta bancaria te la pueden levantar entera, aunque eso sí, si mal no recuerdo puede existir reclamación posterior por considerar que es salario. Pero en ese caso la devolución no es segura y en el caso de que proceda podrá dilatarse en el tiempo hasta que la reclamación pueda prosperar.

Es una práctica común para evitar que toque la cuenta bancaria y se quede la pensión entera del deudor.

El pago por ventanilla es un sitema de cobro residual que da la seguridad social, para aquellas personas que no tenían cuentas bancarias, pero supongo que con el repunte de esta modalidad el día menos pensado eliminaran dicha modalidad.
 

pajarillo

Miembro conocido
Tu opinión me parece acertada. Por lo que veo la razón principal para cobrar por ventanilla es evitar el embargo total de la cuenta bancaria (pero el INSS te seguirá embargando lo que te corresponda), que los bancos realizan indiscriminadamente sin pararse a comprobar que parte de la cuenta bancaria es inembargable por provenir de una pensión de jubilación. (la cuenta bancaria, por si sola, si es embargable en su totalidad).

Sobre lo de eliminar la posiblidad de eliminar el cobro por ventanilla, lo veo complicado cuando recientemente hemos visto una novedosa sentencia del TSJ de Cataluña que permitía el percibo por ventanilla de la prestación por desempleo. http://portaljuridico.lexnova.es/jurisprudencia/JURIDICO/212281/sentencia-tsj-cataluna-4317-2013-de-18-de-junio-prestacion-por-desempleo-modalidad-de-abono-po

Un saludo
 

Aslasa

Miembro
Comparto tu opinión, desconocía la sentencia del cobro en ventanilla, Gracias!

De todas formas las entidades bancarias no son idiotas y saben de sobra lo que ocurre, pero vamos que comparto contigo tu razonamiento y tambien considero que sea injusto que puedan embargar toda la cuenta bancaria de un plumazo, y no tener en cuenta de donde proviene cada ingreso.

 
Arriba