¿Alguien va a la conferencia del día 19 en el colegio de Barcelona?

FERNANDO

Miembro conocido
Hablará Antonio Benavides sobre la tarifa plana. Es a las 12,30 horas y yo, siempre que pueda, que no lo sé, igual me apunto. ¿Allguien de Barcelona tiene interés en ir?
 

jcg73

Miembro activo
De momento vamos leguleyo y yo, y Nando q aunque esté colegiado tambien le dejaremos entrar, si quieres haz como yo, envíale tu móvil por privado a leguleyo y echamos un café.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
jcg73 dijo:
De momento vamos leguleyo y yo, y Nando q aunque esté colegiado tambien le dejaremos entrar, si quieres haz como yo, envíale tu móvil por privado a leguleyo y echamos un café.

Disculpad, pensé que ya había contestado. Yo por ir ... me apunto a un bombardeo, pero como lo de la tarifa plana implica nuevas contrataciones, mantener el nivel de empleo..., y encima es algo sólo para este año, dada la coyuntura actual de la empresa dudo que llegue a ser viable para nosotros. Por si acaso sigo lo que se comenta, pero con la de cosas que nos (me refiero a mi empresa) efectan directamente y que vamos de cráneo (CRA, flecos de las novedades en cotizaciones...), mejor me centro en ellas.
Pero ya nos haréis un resumen de lo comentado.
En todo caso , me hubiera encantado veros y pasar un rato tomando un café y charlando.
Bueno, en todo caso nos vemos en pocos días, en el encuentro del Foro.

Saludos
 

leguleyo

Nuevo miembro
Para lleno, el salón de actos... Casi había reventa  ;D

Voy de culo, mañana intento poner algunas cosas interesantes.
 

leguleyo

Nuevo miembro
Las dudas que tenía con algunos puntos me han quedado bastante  resueltas, y mi intuición de que esta tarifa plana es pan para hoy y hambre para mañana, también. Cosas varias:

-Como comentó alguien por aquí, si una actuación inspectora acredita que los temporales eran en fraude de ley antes de finiquitarlos y volverlos a contratar: a devolver con recargo.
-Si un grupo de empresas hace rotaciones vía bajas voluntarias o fin contrato (supuesto que el RDL no impide) y aprecian que es en fraude de ley: también.
-Un autónomo persona física (no sl) con un trabajador con contrato de tarifa plana que no pague sus autónomos, se considerará que incumple las obligaciones de SS y por tanto perderá la reducción "forever and ever".
-Esta pérdida "forever and ever" ha dejado entrever que no le extrañaría que en el futuro TGSS aplicara un criterio menos duro.
-Mantenimiento del empleo: solamente se tiene que cumplir el mes 12, 24 o 36, cuando toque revisarlo. Aquí añado yo: "y si aprecian fraudes de ley, a pasar por la piedra". Porque si para cumplir el promedio se contrata a 3 limpiadoras durante un mes y el resto del año no has mantenido nada, yo creo que irán por la vía del fraude de ley.
-Cálculo del promedio: se tienen en cuenta los días. Por lo tanto, no es el mismo promedio si tienes a un trabajador trabajando 2h diarias 5 días que si tienes a uno trabajando 2 días 5 horas. Este último provocará que el promedio sea menor.

En resumen, que yo tengo muchas, muchísimas dudas, que este contrato vaya a ser útil, salvo para startups que crean que van a crecer en los próximos años.
 

jcg73

Miembro activo
Suscribo la aportación del compañero. Y respecto a la pifiada de las transformaciones de temporales a indefinido saco una conclusión: los suscritos antes del Rd, baja por finalización de cto, no indemnizo, no liquido vacaciones, alta al cabo de 2 días con tarifa plana y le reconozco la antigüedad del 1er contrato. Esto lo veo defendible ante inspección. Los temporales q se firmen con posterioridad, ya veo q se pueda apreciar fraude de ley más claramente pq el empresario ya tebía conocimiento de este contrato.
Y otra duda q tenía, no confundir los despidos declarados judicialmente improcedentes en los últimos 6 meses, con los despidos q no hayan sido reconocidos como improcedentes q no computan para calcular el mantenimiento del nivep de empleo.
Con lo cual, me pregunto, si el empresario realiza despidos objetivos y en cpnciliación admva ofeece una mejora adicional hasta los 33 y el trjdor reconoce ciertas las causas...... Teoría q ya hemos comentado en otros posts, no estaría incumpliendo el mantenimiento del nivel de empleo pq este tjdor no computaría.
Cómo lo veis??
 

jcg73

Miembro activo
Otro apunte del ponente: sería compatible el contrato de emprendedores con dl periodo de prueba de 1 año pero aplicando sólo la reducción de tarifa plana.
 

pajarillo

Miembro conocido
Buenos días Leguleyo, buenos apuntes. La jornada la impartió el inspector Antonio Benavides Vico, ¿no?.
En el Colegio de Murcia tenemos una jornada sobre este tema el 1 de abril, donde intervendrá el Catedrático de Derecho del Trabajo Pepe Luján. Si me entero de algo novedoso lo pondré también en este hilo.

Me ha interesado sobretodo lo que has dicho "Si un grupo de empresas hace rotaciones vía bajas voluntarias o fin contrato (supuesto que el RDL no impide) y aprecian que es en fraude de ley: también." porque tengo una consulta de un cliente, que va a abrir otra empresa con otra actividad y otro centro de trabajo en una provincia distinta, y quiere saber si va a tener problemas si el trabajador pide la baja voluntaria en la empresa actual y lo da de alta en la nueva empresa con aplicación de la tarifa plana. La nueva sociedad estará participada mayoritariamente por la que venía trabajando en trabajado. Entiendo yo que no apreciarán fraude de ley aunque la sociedad anterior sea mayoritaria en la nueva empresa, pues  la nueva empresa se dedica a otra actividad (similar, pero no idéntica) y la prestación de trabajo es en un centro de trabajo de otra provincia. Además de que es el único contrato con tarifa plana que piensa hacer la empresa, no va a hacer más en estas circunstancias especialísimas.

En fin, a ver si el día 1 tenemos más información.
 

FERNANDO

Miembro conocido
A ver, en cuanto al examen cada 12 meses, una cosilla. Nada impide que venga un inspector a los 18 meses, y compruebe el último mes, tampoco. Ojo; una cosa es la revisión reglamentaria y, otra, las inspecciones que se puedan hacer en cada momento. Que el hecho que se revise cada 12 meses no implica que no se deba mantener el empleo 36.
 
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