¿Cómo demostrar vinculación laboral?

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federicochap

Guest
Hola a todos. Escribo por la siguiente cuestión:

Me gustaría saber cómo poder demostrar a efectos legales que yo (y otros cientos de trabajadores) trabajamos en una empresa.

Esta empresa es española pero está ubicada en diferentes países, en esos países la empresa en cuestión, redacta los contratos  para que los trabajadores los firmemos. Tales contratos son de prestación de servicios, es decir, que los trabajadores prestamos nuestros servicios en esta empresa. En estos contratos hay una cláusula que dice: "tal contrato no concede vinculación laboral de ninguna de las formas". Es decir, es un contrato mercantil (cada 3 meses firmamos un contrato nuevo).

Por este motivo hay cientos de trabajadores que no pueden cotizar a la Seguridad Social ni disfrutar de los derechos básicos a los que tiene derecho cualquier trabajador: derecho a vacaciones, seguro médico, cotización a la seguridad social para cobrar una pensión, etc.

Esta empresa además se nutre de trabajadores que lleva de España a otros países donde es necesario un visado de trabajo para desarrollar una actividad laboral. A tales trabajadores los invitan a través de la embajada española pero los visados resultantes no son de trabajo. Otras veces la empresa también contrata a gente que está en esos países y que no tienen visado de trabajo. ¿Está de esta manera haciendo una actividad ilícita la empresa?

Por último, me gustaría preguntar hasta qué punto puede el director de una empresa pedir documentos como: fotocopia del pasaporte, del visado o tarjeta de residencia en el país de destino, fotos, dirección en España, tlf, o CV cuando según la cláusula de mi contrato mercantil dice: "tal contrato no concede vinculación laboral de ninguna de las formas".

Muchísimas gracias por vuestra ayuda.
 

BSK

Miembro activo
La dificultad radica en identificar si las labores que haces en la empresa son propias de un trabajador autónomo o por el contrario estás sometido a las reglas que te imponen. No se si estás contratado aquí en España y te desplazan o directamente te contratan allí. Si lo hacen allí estarás sometido a las normas de allí. Si te contratan aquí tendrás que ventilar si tu te organizas tu trabajo o te lo organizan, si es lo segundo, lógicamente, estamos hablando de una relación laboral cuenta ajena. Recoge cualquier parte de orden interna o de trabajo, plantillas selladas y firmadas por tus jefes directos dándote órdenes, o cualquier cosa de este tipo para en el futuro poder reclamar.
 
F

federicochap

Guest
Esta empresa de la que hablo es una empresa de educación, a mi personalmente me ha contratado en una sede en otro país que no es España porque ya residía ahí.
Dispongo de certificados de horas de haber impartido clases en dicha empresa, ingresos en el banco de los pagos mensuales, emails del jefe de estudios dando instrucciones, etc.

El contrato que tengo es un contrato mercantil de prestación de servicios, pero, por supuesto, hay un protocolo de actuación que te impone el centro: materiales a utilizar, contenidos que debes impartir en cada nivel, modelos de exámenes que debes usar, etc.
 

uxio

Nuevo miembro
si tu residias en el pais donde desarrolas tu actividad antes de ser contratado la legislacion que es de aplicacion es la de ese pais. Existe un convenio internacional, suscrito por la mayoria de los paises que establece que la legislacion que hay que aplicar es la del pais donde se desarrolla la relacion laboral. En el caso de españoles o extranjeros que son contratados en españa y se envia a otros paises se apilca la legislacion española por que se considerea que el centro de trabajo es en españa y estan  desplazados fuera del centro de trabajo.

 

FERNANDO

Miembro conocido
Cuidado con el convenio de Roma. Establece que se puede elegir la legislación aplicable al contrato de trabajo por pacto entre las partes.
 
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