Efectivamente, y dentro de esa definición, que quede claro que se trata de compensar algo circunscrito a esas dos semanas (¿están en el mismo mes?), para poder justificar (sobretodo si se trata de un importe de cierta entidad y que puede hacer que se llegue al tope mensual de cotización) que no estamos ante un concepto de devengo irregular o superior al mes y que implicaría cotizar de forma prorrateada durante todo el año (y desde enero pasado).
Y, sí, como indica Mr. White, las cosas son lo que son, no lo que le llamemos que son, aunque elegir un nombre congruente a lo que son ayuda (o nos puede complicar la vida una mala elección).
Saludos