¿CLÁUSULA ABUSIVA EN FINIQUITO?

Beatriz

Nuevo miembro
Buenos días,

Me encuentro con un finiquito cuya indemnización dista bastante en la estipulada legalmente por un despido improcedente (en concreto, la indemnización varía en 4.000 €... casi nada). Y además hay un "acuerdo transaccional" en el que, entre otras cosas de menos importancia, se reconoce por parte de la empresa la improcedencia. Señala además que el trabajador renuncia a cualquier tipo de derecho o acción que se pudiera llevar a cabo y al desestimiento de procedimientos judiciales (lo normal en estos casos).

Pero mi sorpresa es que la última claúsula de este Acuerdo señala: "El incumplimiento por parte del Trabajador de lo dispuesto en las estipulaciones anteriores conllevará el derecho de la Empresa al no abono o bien, en el supuesto de las mismas hubieran sido ya desembolsadas, a la resitución de las cantidades pactadas en el presente Acuerdo. Asimismo, ambas partes acuerdan que el incumplimiento del presenta pacto conllevará la obligación del Trabajador de abonar a la mayor de las cantidades resultantes de entre CINCO MIL EUROS o la sanción que, en su caso, pudiera imponer cualquier jurisdicción, (...) todo ello en concepto de cláusula penal. En este sentido, se acuerda que la Empresa no habrá de satisfacer al trabajador cantidad alguna por ningún concepto. El incumplimiento de las obligaciones asumidas por la Empresa dará derecho al Trabajador a reclamar las cantidades que tiene derecho a percibir incrementadas en un 20%, salvo que existiera previo incumplimiento por su parte".

¿Creéis que está cláusula penal, en relacion con el importe de la indemnización (4.000 € menos), el no pago del preaviso de 15 días, y tablas salariales de convenio desactualizadas desde el año 2008, podría entenderse como abusiva?

Nunca se me ha planteado algo así, por lo que os agradecería muchísimo cualquier ayuda. Beatriz.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Umm, esta es una típica cláusula transaccional. Y la veo legal; pactamos una indemnización que tú cobras. Pero, claro, si me pones una demanda posteriormente la transacción no será válida porque tú no has cumplido tu parte del contrato, por lo que es lógico devuelvas lo que has recibido.
 
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