nayade dijo:A mi lo de 24:00 también me dio problemas (yo los archivos los envió por la propia pagina del sepe con la aplicación) así que al final informé en calendario 23:59, guardé el archivo, luego lo abrí y modifiqué a 00:00, lo guardé de nuevo, lo envié y procesado
Pues si lo tienes ok, casi mejor no modificar nada más.fundación dijo:nayade dijo:A mi lo de 24:00 también me dio problemas (yo los archivos los envió por la propia pagina del sepe con la aplicación) así que al final informé en calendario 23:59, guardé el archivo, luego lo abrí y modifiqué a 00:00, lo guardé de nuevo, lo envié y procesado
Tomo nota, pero no sé si reprocesarlo... porque me ha dado OK después de meter todo el pastel de jornadas irregulares. Al final editando el texto, copiando bloques y cambiando fechas.
CERVANTES2019 dijo:A nosotros nos ocurrió un caso en el que una empresa pasaba de suspensión a reducción de jornada, al consultar con los técnicos de a3 nom, me dijeron que en la pantalla del trabajador había que poner modificación y reducción, y continuamente nos daba error, vamos que se quedo la comunicación rechazada. Me planté el comunicarlo por registro al sepe, pero estaba fuera de fechas y decidí dejarlo así, rechazado y sin comunicar la incidencia al sepe por si daban cuenta a la inspección.
fundación dijo:Y enviar nuevo alta para el período desde la modificación.
fundación dijo:Claro que pienso que ahora, ya a toro pasado, podría valer alta desde inicio hasta dia de reincorporación y luego variaciones para ss. períodos.
Ver http://elasesorlaboral.es/foro/index.php?topic=26436.msg120995#msg120995
Saralaboral2 dijo:creo que ya lo tengo!!!! Gracias Cervantes.
He hecho dos comunicaciones de procedimiento ere
1- Extinción del ere con fecha 06/07/2020 , si esta fuera de plazo y las que vendrá
2- De vuelta al ere con fecha 13/07/2020
Las dos procesadas correctamente.
Por lo que entiendo , desde A3 has de cambiar los datos a nivel de empresa primero para que te cuadren con el trabajador afectado. Y no indicar modificación sino alta.
Cruzo dedos para que el resto sea así, porque una vez que ya lo tienes pues un problema menos.
Fedayn dijo:CERVANTES2019 dijo:A nosotros nos ocurrió un caso en el que una empresa pasaba de suspensión a reducción de jornada, al consultar con los técnicos de a3 nom, me dijeron que en la pantalla del trabajador había que poner modificación y reducción, y continuamente nos daba error, vamos que se quedo la comunicación rechazada. Me planté el comunicarlo por registro al sepe, pero estaba fuera de fechas y decidí dejarlo así, rechazado y sin comunicar la incidencia al sepe por si daban cuenta a la inspección.
Pero es que a nivel de tipo de transacción de trabajador es modificación y no alta, ¿No? El tipo de envío para la empresa es el de variación.
fundación dijo:Y enviar nuevo alta para el período desde la modificación.
¿Con este último movimiento de alta qué informabas, Fundación?
Una reincorporación por ejemplo. Primero se daba baja B el período a partir de la fecha de la misma, y luego nuevo alta con las nuevas condiciones existentes.
fundación dijo:Claro que pienso que ahora, ya a toro pasado, podría valer alta desde inicio hasta dia de reincorporación y luego variaciones para ss. períodos.
Ver http://elasesorlaboral.es/foro/index.php?topic=26436.msg120995#msg120995
¿Y por qué no alta por todo el periodo del ERTE y modificación desde la reincorporación? Yo de los manuales entiendo que va así. Además, del manual del link que pasas, pone que para ampliar un periodo previamente informado es alta y aquí dices que para el periodo de después de la reincorporación del trabajador, le haces una modificación: "A (alta): se utilizará este valor cuando se desee informar el calendario de un trabajador por vez primera o cuando, en aquellos casos en los que se haya comunicado un calendario con anterioridad, se desea ampliar dicho calendario. El período ampliado no deberá solaparse ni estar incluido en el período comunicado con anterioridad."
Por las instrucciones del SEPE que cité.
Saralaboral2 dijo:creo que ya lo tengo!!!! Gracias Cervantes.
He hecho dos comunicaciones de procedimiento ere
1- Extinción del ere con fecha 06/07/2020 , si esta fuera de plazo y las que vendrá
2- De vuelta al ere con fecha 13/07/2020
Las dos procesadas correctamente.
Por lo que entiendo , desde A3 has de cambiar los datos a nivel de empresa primero para que te cuadren con el trabajador afectado. Y no indicar modificación sino alta.
Cruzo dedos para que el resto sea así, porque una vez que ya lo tienes pues un problema menos.
¿Es el mismo ERTE? ¿Puedes explicar los pasos que has hecho, Saralaboral? A nivel del tipo de envío (que corresponde al lado de la empresa, no del trabajador), si previamente has enviado alta no puedes volver a enviar alta por el mismo CCC y procedimiento ERTE