A ver como veis este tema, una asociacion de padres de un colegio van a impartir dos talleres, para cada uno tendrá 2 monitores. Los talleres se impartiran durante 4 horas semanales de una duración de 9 meses. Por los talleres cobran una cuota mensual y los monitores son retribuidos.
¿veis relación laboral y por lo tanto hay que contratar a los monitores?.
Ya sabeis que lo más usual que hacen es retribuir a los monitores como rendimiento del trabajo con el codigo de cursos y conferencias, y no dan de alta en ningun régimen de la S.S.
¿como veis este tema? ¿que es lo conveniente?
¿veis relación laboral y por lo tanto hay que contratar a los monitores?.
Ya sabeis que lo más usual que hacen es retribuir a los monitores como rendimiento del trabajo con el codigo de cursos y conferencias, y no dan de alta en ningun régimen de la S.S.
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