¿despido disciplinario sin causa = despido nulo?

Nikki_sp

Miembro conocido
Os dejo este articulo sobre un par de sentencias con cuyo fondo siempre me he identificado, puesto que el estatuto no concibe el despido fuera de una serie de causas, es decir cuando esta justificado.


El Juzgado de lo Social nº 3 de Barcelona ha declarado en dos sentencias del pasado mes de abril que un despido disciplinario sin causa es nulo en lugar de improcedente. A los efectos que ahora interesa, en ambas sentencias, las empresas demandadas entregaron a los trabajadores sendas cartas alegando como causa de despido el bajo rendimiento, utilizando una frase manida y estereotipada, y sin dar mayores explicaciones sobre cómo cada empresa había llegado a dicha conclusión.

A la vista de dichos hechos, el Juzgado de lo Social declaró que los despidos son nulos puesto que, al no existir una causa real para despedir, éstos deben ser declarados en fraude de ley, lo cual conlleva que las empresas deban readmitir al trabajador en su puesto de trabajo, abonándole los correspondientes salarios de tramitación. Es decir, se prohíbe el despido libre, o lo que es lo mismo, sin causa legal.

El Juzgador de Instancia fundamenta sus dos sentencias en lo dispuesto en el convenio de la OIT nº 158 sobre la terminación de la relación de trabajo. Nótese que dicho convenio, no sólo forma parte del ordenamiento jurídico nacional al haber sido ratificado por España y haber sido publicado en el BOE, sino que, además, tal y como se dispone en la Constitución Española, y como consecuencia de la observancia de los principios jurídicos de legalidad y jerarquía normativa, goza de primacía en cuanto a su aplicación por encima de otras normas jurídicas nacionales, como es el Estatuto de los Trabajadores. De esta manera, de conformidad con el artículo 4 del citado convenio, únicamente podrá extinguirse una relación laboral si existe una “causa justificada relacionada con la capacidad o conducta del trabajador o basada en las necesidades de funcionamiento de la empresa”. Por otra parte, y tal y como dispone el artículo 7, la relación laboral “no puede extinguirse por motivos relacionados con la conducta o el rendimiento del trabajador antes de que se le haya ofrecido la posibilidad de defenderse de los cargos formulados contra él”.

A la vista de lo expuesto en dicho convenio, interpretado conjuntamente con lo dispuesto en el artículo 6.4 del Código Civil, el cual sanciona la nulidad de los actos realizados en fraude de ley, debiéndose aplicar la norma que se hubiere tratado de eludir (en este caso el Convenio de la OIT), bien podría entenderse que, por mucho que la legislación laboral permita la realización de un despido sin causa reconociendo la improcedencia del mismo, el mencionado despido debería ser calificado como nulo, garantizando de esta manera a los trabajadores una tutela mayor en la defensa de sus derechos.




https://cincodias.elpais.com/cincodias/2017/09/29/legal/1506682038_887331.html
 

Mr. White

Miembro activo
Vaya vaya, le ha salido un admirador al Social 33 BCN. Seguramente si rascamos un poco igual vemos que viene del cuarto turno...

Yo discrepo: sí se alega una causa que viene el ET- bajo rendimiento-, otra cosa es que no se acredite. Parece lo mismo pero no lo es.

Y nuevamente la prensa alarmando por dos sentencias de un juzgadillo, vamos, que no es Supremo, ni AN, ni siquiera TSJ... ¿realmente se merece un artículo? Ah, ya, que hay que ser sensacionalista para vender...
 

Mr. White

Miembro activo
Bueno, pues uno ve sus artículos y ya se hace una idea de la sentencia que le va a tocar si lleva empresa:

http://www.elperiodico.com/es/autor/xavier-gonzalez-de-rivera/
 

Nikki_sp

Miembro conocido
Yo no soy admirador de nadie, solo que si coges literalmente el estatuto veras que no existe el despido libre...

Otra cosa es que el estatuto cambiase y se recogiese como tal, pero no creo que los representantes de los trabajadores quieran recoger eso.
 

fundación

Miembro conocido
Mr. White dijo:
Bueno, pues uno ve sus artículos y ya se hace una idea de la sentencia que le va a tocar si lleva empresa:

http://www.elperiodico.com/es/autor/xavier-gonzalez-de-rivera/

Como que es otro colegui del juez del 33, en la pandi de jueces pro indapandansia: coordinador del manifiesto que firmaron en 2014.
 

Mr. White

Miembro activo
Nikki_sp dijo:
Yo no soy admirador de nadie, solo que si coges literalmente el estatuto veras que no existe el despido libre...

Otra cosa es que el estatuto cambiase y se recogiese como tal, pero no creo que los representantes de los trabajadores quieran recoger eso.

No has leído bien, compañero, el juez del 3 es admirador del 33 es lo que he escrito, no que tú seas seguidor de nadie... ;)

Sobre literales, yo cojo el ET y leo que es causa de despido el "bajo rendimiento voluntario y grave".

De "despido libre" no leo una letra sin embargo.
 

DANIEL

Nuevo miembro
También un Juzgado de Barcelona declaró no válido el período de prueba de UN AÑO del C.Emprendedores, ¿lo recordáis?
Y después lo tumbó un tribunal superior.

Juzgados atrevidos, con ganas de protagonismo, que al final lo único que hacen es crear más y más y más inseguridad jurídica.

Coincido con los compañeros, considero que son sentencias sin pies ni cabeza
 

FERNANDO

Miembro conocido
Despido libre?: no, claro que no: despido libre sería despido sin ningún tipo de indemnización. Las causa de nulidad están bien definidas y tipificadas en la ley y, que na haya causa o sea inventada, no lo es. Lo demás; invenciones.
 

Nikki_sp

Miembro conocido
Eso seria despido gratis.

Despido libre es que despido a un trabajador porque me da la gana, sin motivo justificado de los que viene en el estatuto. Igualmente que lo contrato porque me da la gana.

Yo he visto  casos de despedir a alguien para contratar a otra persona que puede ser mejor, pero para nada hace que el despedido fuera un mal trabajador ni su rendimiento fuera malo.


 

Black Mamba

Miembro
Entiendo que lo tumbarán en el TSJ como ha sucedido con las sentencias del 33. Así que no cunda el pánico!!! Lo que dice un juzgado mejor cogerlo con pinzas porque seguro que lo recurren.
 
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