¿DESPIDO OBJETIVO Ó BAJA VOLUNTARIA?

CHARO

Miembro conocido
Hola, tengo una empresa que me propone una situación con la que no me he encontrado nunca. El pasado dia 25 de Noviembre notifica a uno de sus trabajadores con 30 días de preavio un Despido Objetivo por causas económicas y pone a su disposión la correspondiente indemnización, con fecha de efectos del 24 de Diciembre. El trabajador le firma el Recibi y conforme y cobra la indemnización, hasta aquí todo correcto. Pero resulta que con fecha 03 de Diciembre el trabajador informa a la empresa que a partir del día 17 de Diciembre no vendrá a trabajar porque empieza a hacerlo en otra empresa. Y se me plantea la siguiente cuestión, ¿se puede considerar una baja voluntaria? y de ser así ¿se le puede exigir al trabajador la devolución de la indemnización?. Muchas gracias por vuestra ayuda.
 

TOMAS

Nuevo miembro
Yo entiendo que se sigue tratando de un despido objetivo,es mas durante el mes de preaviso se le concede un tiempo al trabajador para que busque otro empleo. En este caso se le puede liquidar el mes de diciembre hasta el dia que trabaja y punto
 

FERNANDO

Miembro conocido
El despido. cunado se notifica, tiene carácter constitutivo. Además,la finalidad del preaviso es precisamente esa; que el trabajador encuentre otro empleo. Así pues, el trabajador tiene derecho a marchar en el momento que desee una vez comunicado el despìdo objetivo sin problema alguno. Sólo faltaría.
 
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