¿Es legal esta cláusula en contrato?

spc

Nuevo miembro
"La jornada de trabajo será de 30 horas semanales, en cómputo anual, siendo la distribución de la misma irregular, no pudiendo ser inferior a xxxx horas diarias, ni superior a xxxx horas diarias. Todas ellas estarán comprendidas entre las xxxxx horas y las xxxxxxxx horas."

¿Cómo lo véis? El estatuto pide concreción horaria, pero este no es posible, ya que las circunstancias laborales exigen que, a pesar de tener más o menos un horario establecido, este puede sufrir variación por necesidades del cliente ya que es una prestación de servicio y el cliente puede modificarnos el horario ¿se os ocurre en todo caso otra clásula que albergue esta circunstancia?. Gracias
 

MAJOGA

Nuevo miembro
A ver si alguien arroja algo de luz sobre este tema ya que a mi tambien se me planteo en su momento (solo que al final no se hizo) y tampoco sabia muy bien si esto se podia hacer. El mio era algo distinto, pero por la parte de poner la jornada en computo anual y distribuirla irregularmente, era igual. A mi el problema se me planteaba porque era un restaurante de playa, que en los meses de verano se tenia que hacer jornada completa (40 horas semanales) y el resto del año, unas 30 horas o asi, entonces, ademas del problema de saber si podia o no acodarse entre empresa y trabajador modificar el contrato para aplicar una jornada anual con distribucion irregular, es que en verano, aun aun podias saber qué dia empezaba la jornada completa y cuando acababa, pero en epocas como pascua, que cada vez cae una fecha, no podia concretar dias, ni horas, ni "ná".

Bueno, no me extiendo mas que le "lio" el tema al compañero, pero a ver si alguien le puede solucionar la duda y de paso, tomare yo nota  ;)
 

Raquel GR

Miembro activo
Me parece bien la clausula que pones, yo en estos casos en que he tenido jornada irregular, incluso cambiando jornada al final de la semana y por meses, lo que he hecho ha sido poner el horario incial pactado para empezar y luego pongo en las clasulas que se trata de una jornada irregular y que se irán firmando anexos indicando las jornadas reales con los horarios, si luego he tenido que cambiar % de jornada lo he hecha a mes vencido que lo puedes hacer dentro de los 6 primeros días del mes siguiente.

Esto te vale Majoda, haces un contrato a tp con la jornada anual como dices y vas comunicando ampliaciones y disminuciones a final de cada mes que hay variaciones
 

spc

Nuevo miembro
Muchas gracias por la respuesta.

No obstante agradecería más aportes a fin de confirmar o reafirmar aún más la circunstancia.

Saludos!
 

MAJOGA

Nuevo miembro
Raquel GR dijo:
Me parece bien la clausula que pones, yo en estos casos en que he tenido jornada irregular, incluso cambiando jornada al final de la semana y por meses, lo que he hecho ha sido poner el horario incial pactado para empezar y luego pongo en las clasulas que se trata de una jornada irregular y que se irán firmando anexos indicando las jornadas reales con los horarios, si luego he tenido que cambiar % de jornada lo he hecha a mes vencido que lo puedes hacer dentro de los 6 primeros días del mes siguiente.

Esto te vale Majoda, haces un contrato a tp con la jornada anual como dices y vas comunicando ampliaciones y disminuciones a final de cada mes que hay variaciones

Eso habia pensado en un principio, poner las jornadas a principio de la modificacion y hacer constar una clausula diciendo que los horarios se comunicarian a los trabajadores con X dias de antelacion a su realizacion, etc, etc, pero vaya, que tambien me hacia falta que alguien, como has hecho tu, me aportara sus experiencias, parece que queda mas claro cuando te lo dice alguien que ya lo ha hecho y no ha habido problema alguno.
Muchas gracias Raquel.
 

shg

Miembro
Pon la jornada que haran en un principio. En caso que en un momento dado cambie, modificala en Seg. Social y recógele firma al trabajador y empresa antes del cambio (por lo que pueda pasar). Mientras el Estado sepa con anterioridad que se cambia el contrato / jornada, no deberias tener problemas.
 

FERNANDO

Miembro conocido
A ver, el horario se puede modificar si así se pacte en convenio o con los representantes de los trabajadores. De lo contrario, una cláusula que dice que la empresa podrá variar el horario será nula.
 

Raquel GR

Miembro activo
Hola Fernando, no es que la empresa te ponga un horario y luego se cambie de mutuo propia, es que es irregular y yo para hacer el contrato indico el horario más aproximado indicando que es irregular y que se irán haciendo anexos especipicándolo
 

MAJOGA

Nuevo miembro
Claro, claro, a eso me referia yo tambien, no a cambiar el horario cuando la empresa le de la gana, sino que se comunicara cerca de la fecha del cambio porque en inicio no se puede concretar. En mi caso, por ejemplo, pascua, cada año cae en una fecha, entonces no podemos decir en el contrato que en del 4 al 9 de abril se haran X horas en horario tal, si a veces pascual cae en marzo. O verano, pues igual empiezan la jornada completa el uno de julio, como el 15 de junio......no es cambiar por cambiar, es comunicar, porque en el contrato mas o menos si se puede especificar.
 

BSK

Miembro activo
Raquel GR dijo:
Hola Fernando, no es que la empresa te ponga un horario y luego se cambie de mutuo propia, es que es irregular y yo para hacer el contrato indico el horario más aproximado indicando que es irregular y que se irán haciendo anexos especipicándolo

Hablo por experiencia propia, inspectora de trabajo que entra en una empresa que tiene jornadas irregulares, horarios cambiantes, etc... los trabajadores hacen siempre las mismas horas pero van rotando horarios. La inspectora de trabajo no entendía por qué el horario que venía en contrato de trabajo no coincidía con lo que ella había visto en la empresa, a lo cual se respondió que los horarios iban siendo pactados por empresa y trabajadores, pero no se lo creyó, convocó a todos los trabajadores de la empresa y uno por uno fue preguntándoles si  los cambios de horario los tenían acordados con la empresa o era la empresa la que a su libre albedrío cambiaba cuando quería, los trabajadores dijeron que los cambios de horario eran consensuados previamente, pero aún así, la inspectora obligó a la empresa a que cuando cambiara el horario debía de plasmarlo en papel de tal modo que cuando llegara otra inspección de este tipo cuadrara lo que los trabajadores hacían con lo que está en el papel escrito, porque según la inspectora, no tenía otro modo de comprobar si estaban haciendo más horas de lo estipulado. Por tanto, eso de horarios aproximados, etc... yo lo descartaría.
 

Raquel GR

Miembro activo
A ver BSk, digo que en el contrato digo tal y luego digo que es irregular y que los horarios se van "plasmando" como dices en anexos que me van firmando, eso lo hago cuando la jornada es irregular, mediante anexos, si van a turnos establecemos los turnos y los firman si es mensaul, mensual y si es semanal pues semanal, lo que sea y siempre por anticipado
 

FERNANDO

Miembro conocido
Sí pero, entonces, no es irregular, sino que se van pactando los cambios. Irregular es cuando así es pactado y la empresa, de acuerdo al pacto, puede establecer diferentes horarios. Pero, recordad, que sólo se puede pactar con rep. de trabajadores o en convenio.
 

Raquel GR

Miembro activo
lo que estamos diciendo, lo que pasa es que aquí en este post, ya estamos mezclando que si irregulares, que si por turnos, y en temporadas....
 

FERNANDO

Miembro conocido
Yo juego con las horas extras: podrá hacer horas extras que se compensarán en los dos meses siguientes a su realización.
 

Raquel GR

Miembro activo
También depende... en el caso en el que dice Majoga es un a tiempo parcial, las horas extras como que no, es que hay que estar a cada caso en concreto y a su concreción de horario o jornada con la empresa y atendiendo a las necesidades de la empresa pues se hace...
 

Raquel GR

Miembro activo
jajaja, no nos vamos a poner de acuerdo, pero no por nada, es que todo va a depender del caso en concreto...
 
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