¿obligados a dar nominas?

maroma

Nuevo miembro
Hola a tod@s. Quizás la consulta os parezca absurda, pero veréis, ha venido un trabajador al despacho, y ma ha pedido unas copias de únas nóminas del pasado año que le faltan. Se fue de la empresa, y no terminaron muy bien, así que supongo que ha venido directamente aquí por la copia, en lugar de ir a la empresa. ¿tengo obligacion de dárselas?, o más bien ¿debo dárselas? Son suyas, no?

Con tanta LOPD ya no sabemos....
 

ikosta

Miembro
Pues yo no se las daba, en todo caso se las hacía llegar a la Empresa y que pasara por allá a recogerlas, de todas maneras se tendría que pasar para que se las firmaran.
He tenido varios problemas con trabajadores que se piensan que pueden estar llamanado al gestor contínuamente y he tomado la decisión de que solo respondo con quien me paga.
 

maroma

Nuevo miembro
Gracias, pero en este caso el problema es que la empresa tampoco me paga.....En fin, a mi no me cuesta trabajo dárselas, lo que no quiero es tener ningún problema
 

Clo

Nuevo miembro
Yo también sigo la política de no dar nada a los trabajadores sin el consentimiento expreso de la empresa.
Y como te comenta Ikosta, pues para que tuvieran validez las tendría q firmar la empresa...
¿Problema? Pues q la empresa se enfade x q le has dado una documentación sin su consentimiento,... pero si eso no te importa, ya que tampoco te pagan, pues haz lo que te dicte tu conciencia...
 

fundación

Miembro conocido
La "nomina" es el R.O.S.: Recibo Oficial de Salarios. Un recibo es una constancia de pago, y el R.O.S. en el procedimiento normal se firma por el tjdor. o se sella en el banco, puesto que el art. 29.1 ET, en su 3er. párrafo indica que la documentación del salario se realizará mediante la entrega al trabajador de un recibo individual y justificativo del pago del mismo.

Por tanto, si no hay pago del salario no se entrega el R.O.S. (o "nómina"), sino otra cosa distinta, un borrador, una propuesta de recibo o como quiera denominarse, indicando incluso que es "sin validez legal de ningún tipo".

Y si entonces decides entregarlo a los tjdores. yo haría constar en el documento lo anterior.
 

Raquel GR

Miembro activo
Al trabajador no se la debes dar, tu tienes firmado un contrato con la empresa no con el, por lo que sin el consentimiento expreso de la empresa si luego tiene problemas y se enfada puede denunciarte, tu no eres nadie para darle documentación a nadie que no sea la empresa.
 

FERNANDO

Miembro conocido
La LOPD no tiene nada que ver con esto. al fin y al cabo, la nómina es del trabajador, a no ser que este te engañe. Otra cosa es el contrato mercantil con la empresa cliente.
 

David Groove

Nuevo miembro
Obligación de que el asesor se la dé al trabajador no hay ninguna. Aún sería capaz la empresa de meter un puro al despacho por darla sin consentimiento...
 

fundación

Miembro conocido
Me fui por las ramas por no ir bien. A ver, si piden recibos de nóminas ya pagadas en principio no habría problema, pero si la empresa no quiere... puedes decir al tjdor. que la empresa debe firmar el ROS, que te atienes a sus instrucciones, y que tú eres mero intermediario, punto.
 
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