¿permiso retribuido?

maroma

Nuevo miembro
Buenos dias.
En una empresa un trabajador tiene que hacer una especie de servicios sociales, una tarde a la semana, como "condena" por algun acto "delictivo". la empresa me pregunta si se lo tiene que retribuir, yo, por lógica, entiendo que no, pero en el memento no encuentro ningun ejemplo de que esto sea así. ¿me lo confirmais?  gracias
 

FERNANDO

Miembro conocido
No. Es más incluso, si se equiparase a condena, se podría sancionar, o despedir, al trabajador por no asistir a su puesto de trabajo por causa injustificada. Pero, bueno, el substracto de la condena a servicios para la comunidad, tiene un carácter "sustitutivo" de la pena, lo que haría, más bien, que, simplemente, se pueda descontar el salario, sin que se pueda considerar la misma un incumplimiento grave y culpable de las obligaciones laborales del trabajador.
 
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