Egun on,
Cuando se han reincorporado todos los trabajadores de un erte de impedimento pongamos el día 12 de diciembre, ¿qué hacéis con la DR del mes? ¿La finalizáis el 11 o el 31? Entiendo que lo prudente es informar hasta el 31 y hacer otra en enero, por si se vuelve a dar un cierre y poder exonerar la situación.
Eso sí, la clave de inactividad la que corresponda (C3 en este caso) para no exonerar a partir de la reincorporación.
Un saludo,
Cuando se han reincorporado todos los trabajadores de un erte de impedimento pongamos el día 12 de diciembre, ¿qué hacéis con la DR del mes? ¿La finalizáis el 11 o el 31? Entiendo que lo prudente es informar hasta el 31 y hacer otra en enero, por si se vuelve a dar un cierre y poder exonerar la situación.
Eso sí, la clave de inactividad la que corresponda (C3 en este caso) para no exonerar a partir de la reincorporación.
Un saludo,