¿Quién paga las pagas extra de Julio?

GARCIA78

Miembro activo
El 01/07/2022 subrogo los trabajadores de la empresa “1” a la “2”.

¿Cómo se trata el tema de la paga extra de Julio?

  • Paga la empresa 2 las pagas completas al quedar el nuevo empresario subrogado en derechos y obligaciones laborales y de seguridad social...
  • Paga la empresa 1 hasta fecha de subrogación haciendo liquidación a 30/06/2022 con la parte proporcional de paga de Julio y Diciembre, y la 2 lo generado a partir de 01 de Julio (01/07/2022).


Muchas gracias.
 

MarLo

Miembro conocido
yo diría que como la relación laboral no cesa, debe pagar la empresa 2 la paga extra. A ver la opinión de los demás compañeros
 

FERNANDO

Miembro conocido
A ver, en teoría, el trabajador lo puede pedir tanto a la nueva empresa como a la vieja. Realmente, debería hacerse cargo la primera en el momento de la transmisión. Pero, si no lo hizo, ya digo, el trabajador lo puede pedir a cualquiera de las dos, que responden solidariamente durante tres años de las obligaciones nacidas antes de la sucesión.
 

cwarrand

Nuevo miembro
Normalmente el CC te indica si se deben liquidar al trabajador sus haberes a fecha de transmisión. También se puede negociar entre cedente y cesionario en el precio de transmisión.
 
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