¿Regularizaciones por nuevo algoritmo para el cálculo de retenciones 2013???

Nando_bcn

Miembro conocido
Hola,  a ver si a alguien  le suena algo de esto.

al procesar la nómina de este mes hemos visto un gran número de cambios en las retenciones respecto al mes pasado. Que de diciembre a enero cambien muchos porcentajes de retención puede ser normal, pero de enero a febrero, al menos en nuestro caso, no es habitual (salvo casos como por ej., el año pasado que justo hubo un incremento en las retenciones a partir de febrero).
Revisando unos cuantos casos hemos comprobado que en muchos de ellos no se evidencia ningún cambio que justifique la regularización en la retención. Esto es, misma previsión de ingresos anuales, misma previsión de gastos, misma situación personal, etc, y, en base a ello, como no podría ser de otra manera, misma retención  previa teórica (con decimales), misma retención previa redondeada, misma cuota de retención, etc, pero al final., y aunque sólo sea una centésima, cambio en la retención.

Hemos llamado a nuestro proveedor, A3, y nos indica que se debido a que se ha actualizadeo justo en febrero "el algoritmo para el cálculo de retenciones para el 2013, en las regularizaciones qye se realicen a partir de febrero 2013."

Yo, la verdad, no lo acabo de ver. Revisando el pdf con el nuevo algoritmo publicado por Hacieda (por cierto, del 28/12/2012), y si debo de entender que las novedades son justo las que aparecen en rojo y/o textos tachados, veo que se limitan al tema de los dos puntos menos de retención en caso de pagar hipotecas y actualizar con el 2013 el año de referencia para cualcular la edad de ascendientes y descendientes.

En cualquier caso, insisto en lo mismo, empleados con la misma previsión de ingresos, de gastos, de situacion personal, mismo tipo de retención teórica inicial y redondeada, misma cuota inicial, etc), y al final, les cambia la retención, les baja, aunque sólo sea una centésima (pero, aunque sea poco, quiero estar seguro que esa regularizacion procede).

Otra cosa que he visto, pero no sé si es una novedad (no figura en rojo) es que para ajustar los tipos de retención a 2 decimales no redondea sino que "trunca" (por ej,  redondeando a dos decimales un porcentaje como 15,259999%, quedaría en 15,26%, "truncando" a partir del 2º decimal queda en un 15,25%. Pero, como digo, es algo que no sé si es una novedad, simplemente que no era consicente de ese criterio (en el caso de que ya fuera así) y, como decia, estamos hablando de diferencias justo de una centésima

En fin, como estamos a punto de cerrar nómina, desde A3 no me saben explicar nada que me resulte más convenicente y que no tengo mucho margen para tratar de estudiar el tema a fondo (aunque estoy en ello) si alguien tiene esto controlado, le estaré muy agraecido me lo haga saber.

Un saludo

 

Nando_bcn

Miembro conocido
Nada, se trataba de una milonga que nos han intentado vender desde A3.
No hay ninguna novedad.

Ya os comentaré, pero tiene delito la cosa.

Saludos
 

BSK

Miembro activo
Nando_bcn dijo:
Nada, se trataba de una milonga que nos han intentado vender desde A3.
No hay ninguna novedad.

Ya os comentaré, pero tiene delito la cosa.

Saludos

Yo tengo Logic y no ha habido ninguna cosa anormal en el cálculo (yo lo hago todos los meses). De todos modos te doy una de las soluciones que siempre me dan en el servicio técnico cuando hay un problema, coge el programa de hacienda y calcula una de las retenciones "sospechosas" a ver si te da lo mismo.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Ya, BSK, y eso justo es loo que nos sigerian desde A3, hacer la comprobación  desde el programa de Hacienda, pero claro, ¿con qué causa de regularización?, ya que están todas tasadas. Y como me estoy refiriendo a casos en los que no habina ningun cambio (ni en previsión  de ingresos, gastos, situacion personal, los dos puntos de la hipoteca, etc, etc,) nos indicaban que utilizásemos la de "otras causas" como si esa opción  valiera para todos (vaya para todo aquello que no sé porqué o no entiendo) y eso no es asi, la opción  "otras causas" esta prevista (y puede verse en la propia "Ayuda" de la aplicación) para casos muy concretos (tema de cambio de residencia...) así como, excepcional y puntualmente, aquellas que expresamente señale la Agencia Tributaria (como pasó, por ej, en febrero del año pasado con el incremento del IRPF) y que no es el caso de ahora.

Evidentemente, si señalo "otras causas" (repito, como indebido "comodin del público), por el simple hecho de que la retencion teórica inicial se redondea y a partir de ahí pueden jugar tambien otra serie de limites, se produce una desviacion respecto a la retencion  realmente aplicada, pero que puede ser perfectamente correcta (es más, en princ ipio la única correcta), siempre me va a regularizar, de forma que se ajuste la retención  practicada con la teórica inicial. Pero eso, repito, si nose dan las circuntancias para regularizar (cambio en ingresos, gastos, situacion  personal...) no justifica una regularización, es más, es irregular hacerlo.

Pues eso, con  este cambio en A3, cuando tratas de verificar las regularizaciones que proceden realizar (y que nosotros realizamos cada mes), de forma que le das al comando "regularizar IRPF" a nivel de toda la empresa pero con la intencion de que sea una simple verificación y que solo acabe modifcando las retenciones en los casos que proceda, ahora, aunque sólo se por esa totalmente legal desviacion  entre la retencion practicada y la teórica, modifica la retencion para que ambas cuadren.

Una chapuza. Pretenden facilitar las cosas a los que pasan de llevar el tema de las retenciones con rigor, con el propósito de que ese cuadre  malentendido e irregular, les sirva de solución y nos complican la vida a los que tratamos de llevar este tema con todo rigor y diigencia.

Me comentaban "bueno, parece que este tema de las retenciones usted lo tiene claro. A partir de ahora solo procese el comando "regularizar" (e n realidad verificar, porque, repito, si no prodece se ha de quedar igual) en aquellos casos de trabajadores que sabe que existe motivo para que les cambie la retención del IRPF"
Pero señor mío! que estamos hablando de cientos de trabajadores. Hay caso muy evidentes que puedo tratar de tener en cuenta (el que ha tenido un hijo, o se la ha revisado el sueldo...), pero a menudo son cosas muy sutiles las que puden provocar un cambio en la retención.
Nosotros hacemos esa regularizacion (en el sentido de verificacion) general,  de toda la empresa, con  el objetivo de que cambie sólo lo que deba  cambiar y lo que no quede igual), y a partir de ahí verifcar que todo es correcto, el porqué de cada cambio, etc.
Pero hacerlo al revés... le podemos poner muy buena voluntad, pero no tenemos una bola de cristal.
Y repito, lo que hacen es activar por defecto la causa de regularizacion "otras causas", repito, prevista para circunstancias muy concretas, y no por ej. `para ir cuadrando en cualqueir momento la retencion teórica con  la practicada, obviando una serie de límites y de casuas tasadas para justificar cualquier modificacion en la retenció (y esa desviacion respecto a la retencion teórica, o el haberme equivocado algún mes, etc, no son causas de regularizacion adimitidas, al contrario, no son conformes a la normativa en esta materia).

En fin, vamos a ver si son capaces de arreglar y pronto este desaguisado, pero mi confianza en A3 ha caído por los suelos.

Saludos
 
Arriba