Abogado

CANDU

Miembro
Un despacho de abogados que hay un abogado que no forma parte de la sociedad y que está como Autónomo. ¿Puede ponerso como TRADE o es obligatorio que esté en Regimen General?. Muchs gracias.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Depende del grado de depdndencia con el bufete, podemos hablar de TRADE o, más bien, de relación laboral especial de abogado. Pero también puede ser que, cimplemente, compartan despacho. Ya digo; se ha de ver la dependencia.
 

CANDU

Miembro
Es como un trabajador mas pero factura a la sociedad. ¿A que te refieres con relación especial de abogado?. Gracis Fernando
 

FERNANDO

Miembro conocido
Pues si es un trabajador más, su relación laboral será especial, regulada por el RD 1331/2006.
 

CANDU

Miembro
Hay que hacerle un contrato y cotiza a la Seguridad Social como un trabajador más de la empresa.
Muchas gracias Fernando
 
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