Abrir procedimiento ERE en A3

Argi

Miembro conocido
Hola,
A mí me han dicho desde el servicio técnico que a falta de número de ERE pongamos 00000/20. Lo que no me han dicho es la fecha que hay que indicar cuando piden la "decisión empresarial" y la "resolución de la autoridad laboral"

POr otro lado el envío de los ficheros de afiliación han dado todo abril de plazo para mandarlos  ¿no?
 

Monipeny

Nuevo miembro
Han habilitado un apartado en el SEPE de preguntas frecuentes, este es el enlace; https://www.sepe.es/HomeSepe/COVID-19/preguntas-frecuentes.html

En la documentación que hemos intercambiado con la autoridad laboral no aparece el número de ERTE que piden en el documento de solicitud colectiva.
El número de ERTE es un campo obligatorio incluido en la solicitud colectiva de prestaciones. Lo asigna la autoridad laboral competente, que será la Dirección General de Trabajo cuando el ERTE afecte en más de una comunidad autónoma, y, si el ámbito geográfico es autonómico o provincial, la consejería de trabajo o de empleo donde radica la empresa o el centro de trabajo. Si la autoridad laboral no se lo ha indicado, debe consultarlo. En el caso de que finalmente no tenga número de referencia del ERTE puede indicar en la casilla correspondiente 12020 y el SEPE subsanará después el problema.

El número de ERTE que se ha asignado a mi empresa tiene una longitud mayor de lo que se indica en la plantilla de solicitud colectiva de prestaciones por desempleo que hay que remitir al SEPE. ¿Habrá algún problema por ello, como un rechazo del fichero?
Debe cumplimentarse la plantilla con el número de ERTE que la autoridad laboral haya comunicado. Si bien es un campo que suele formarse por un ordinal de 4 posiciones más el año del ERTE hay consejerías de trabajo autonómicas que numeran de forma distinta y según su propio sistema. Será el SEPE  quien subsane el problema para que no se rechace el fichero de remisión con la solicitud colectiva.
 

IRIA80

Miembro
Necesito ayuda. Pensé que tenía todo listo, pero me falta hacer el fichero comunicando el procedimiento de erte al SEPE.

Alguien ha cubierto en el A3 el procedimiento de comunicación del ERTE para enviar el fichero xml por certific@?

Fechas: aquí ponéis el 14 de marzo?

- Decisión empresarial?
- Resolución autoridad laboral?

A continuación, en períodos de suspensión, del 14 de marzo al 11 de abril?


 

InmaRase

Miembro activo
IRIA80 te refieres a la plantilla que se manda al Registro Electrónico??  o me falta a mi también algo por comunicar al SEPE.

Pues yo solo he mandado la plantilla ... espero que no haga falta enviar nada más porque si no... jajaj en fin ...
 

IRIA80

Miembro
INMA. YO TAMBIÉN PENSABA QUE SÓLO HABÍA QUE ENVIAR LA PLANTILLA EXCEL, PERO LEYENDO EN EL FORO PARECE QUE TAMBIÉN TENEMOS QUE GENERAR UN ARCHIVO XML DESDE EL PROGRAMA DE NÓMINAS Y ENVIARLO A TRAVÉS DE CERTIFIC@.  ???
 

InmaRase

Miembro activo
Tienes razón IRIA80, lo he visto y estoy intentándolo hacer, tengo A3NOM, per oes difícil seguir sin datos, sin la Resolución de la autoridad laboral etc etc  porque no tenemos nada aun,

Lo mismo hay que enviar eso cuando se conceda del todo,
 

IRIA80

Miembro
INMA, YA ENVIASTE LA SOLICITUD COLECTIVA? SI ES ASÍ, HAS TENIDO ALGÚN PROBLEMA. LO VOY A HACER AHORA.
 

lopisito

Nuevo miembro
Se supone que para los que presentamos ERTE antes del 28, el plazo es de 5 días desde el 28, osea el 3 de abril no? Lo que no te aclaran por ningun lado es que datos poner si lo das aceptado por silencio positivo... vaya PUTO CAOS
 
N

Nana

Guest
A ver un momento que yo no sé si lo estoy haciendo bien o no

en principio, todas las empresas, hayan sido bendecidas con contestación del ERTE o no, deben comunicar lo del excell, hasta aquí, todo bien.

Hasta que no te contesten de la AI, no se manda ni la apertura del ERTE al SEPE, ni los certificados de empresa ni se comunica a la TGSS, ¿no?

Vamos, es lo que habia entendido desde el principio de este caos

He mandado un email al SEPE pero como quien oye llover
 

IRIA80

Miembro
Yo ya tengo las resoluciones expresas de los ertes y no tengo problema, pero para los que todavía no las tengan hay un plazo de cinco días hábiles para presentar todo ante el sepe, a contar desde la solicitud del erte o desde la entrada en vigor del decreto del viernes (28/03) si la solicitud se hizo antes de dicha entrada en vigor.
 

InmaRase

Miembro activo
IRIA80, si nada la plantilla sin problema, es un coñazo porque es un registro electrónico donde tienes que meter los datos de nuevo y aparte hay que buscar el organismo donde pertenece y tardas, pero haces uno y haces veinte ... Y con problemas a la hora de firmar y eso ..pero ya está.
Y Nana yo que se, yo he mando los certificados de los trabajadores siguiendo las instrucciones de esas hojas, de Ecko me han venido ya casi todos procesados. Lo único que no he hecho es lo que os digo el alta del procedimiento en SEPE que entiendo que ahí si haría falta número de erte y resolución favorable ...
 

CARLY

Miembro activo
BUFFFFFF que lio, yo según entiendo, una vez solicitado ERTE  a la Autoridad Laboral, en plazo de 5 días, CON o SIN contestación, hay que enviar el Excell al SEPE, hasta ahí bien?

Una vez enviado dicho excell, que mas hay que proseguir haciendo? enviar el certificado de empresa? o hay que esperar antes la contestación de la autoridad laboral? o hay que hacer algo mas previamente?

Cada día estoy mas liado.
 
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