Accidente de Trabajo: Cálculo indemnización IP

Mr. White

Miembro activo
Culturilla sobre otro cambio de criterio del Supremo (¿cuántos irán en el periodo 2014-2015?):

"La sentencia del pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, de 23 de junio de 2014, ha cambiado la doctrina relativa a la aplicación del factor de corrección de la tabla utilizada, en concreto la tabla IV del baremo por la Incapacidad Permanente al cálculo de la indemnización de daños y perjuicios derivados de accidente de trabajo.

Hasta el momento, las prestaciones de Seguridad Social recibidas como consecuencia del accidente de trabajo se computaban minorando la indemnización a percibir y lo hacían en dos ocasiones sucesivas:

1.- Al valorar el lucro cesante determinado por la incapacidad permanente que se haya declarado y,

2.- Al determinar la indemnización por las lesiones.

Ahora, el Tribunal Supremo reconsidera su posición previa e indica que el factor de corrección previsto en la Tabla IV del Baremo para las indemnizaciones básicas por lesiones permanentes no debe ser distorsionado y, por tanto, se debe abandonar la práctica que descontaba del factor de corrección las cantidades recibidas por el trabajador en concepto de prestaciones de Incapacidad temporal o permanente."

http://www.expansion.com/blogs/sagardoy/2015/07/10/indemnizaciones-por-accidentes-de.html
 

FERNANDO

Miembro conocido
Gracias, Mr, White: nadie nota que el Supremo cada vez adopta una actitud más tuitiva para con el trabajador?
 

Mr. White

Miembro activo
Yo lo noto y lo sufro, que defiendo empresa.

Evidentemente, no desconozco que el tablero en el orden social está inclinado, ya desde el ET, a favor de los trabajadores (cosa que me parece lógica, pues trabajador y empresa en el día a día no están en la misma posición), pero es que en los últimos dos tres años no es que esté inclinado, es que parece que uno tenga que escalar el Muro de Juego de Tronos para cualquier reclamación de trabajador o RLT.

En fin, inseguridad jurídica no, lo siguiente. Lo cual empieza a obligarte a elegir perder alguna pluma en negociaciones y mediaciones, antes que perderlas todas en un juzgado o en la Audiencia Nacional, que por cada sentencia a favor de empresa dicta 10 a favor de los sindicatos, lo cual es normal cuando Ricardo Bodas la preside y fundó la asesoría jurídica de CCOO. O ahora Pablo Aramendi.

http://www.elperiodico.com/es/noticias/economia/audiencia-nacional-presiona-las-empresas-negar-decenas-ere-3771274


 
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