acto de conciliacion previa

alejop

Nuevo miembro
Buenos Días , (no se si el tema ya se trato en el foro ,si es asi ruego me indique alguien donde)

Con respecto a la conciliación previa , la empresa puede reconocer la improcedencia del despido ante el letrado conciliador , y paralizar el proceso ? entiendo sería lo correcto.

Ayer un compañero me envio una carta de despido de fecha 02 de Julio , donde la empresa reconoce la improcedencia y paga la indemnización al trabajador, que retiro el importe poniendo no conforme , es también correcto ? o estaría sujeta a retención ? Muchas Gracias 
 

FERNANDO

Miembro conocido
A ver, ya no se puede consignar cantidad alguna. Otra cosa es que el otro la acepte, pero me parece una tontería pagar sin acordar con el otro. Ah, y por cierto, la cantidad sí tributa, al no haber pacto entre las partes.
 
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