ACUERDO ENTRE EMPRESA Y TRABAJADOR

ANUSKILLA

Nuevo miembro
Tengo una empresa que tiene una única empleada y que le acaban de dar la baja en IT por riesgo de aborto (ya que lleva 3 abortos en menos de 1 año) y que por prescripción medica  va a estar toda la gestación de baja. Claro, la empresa así no puede aguantar ya que tiene que coger otro trabajador para sustituirla y seguir pagándole la seguridad social y el complemento del 25% a la empleada de baja. Han acordado entre las partes, que la trabajadora solo cobrará la parte de cubre la seguridad social y con esto la empresa solo pagará la seguridad social y podrá aguantar mejor. Creeis que inspección se pueda meter en esto si la trabajadora está de acuerdo y en ningún momento va a reclamar nada. Como no  va a cobrar, evidentemente en la nómina me dicen que no le ponga el complemento, pero yo no lo tengo muy claro, que opináis? Podríamos tener problemas
 

Mr. White

Miembro activo
Si la baja es por riesgo para el embarazo, podéis sustituirla con contrato interninidad con una persona desempleada y la empresa no paga un euro de SS.

Si el complemento por IT viene regulado por Convenio, no podéis pactar que no se pague, no es disponible para las partes. 
 

FERNANDO

Miembro conocido
Sí, pero entiendo que la baja no es por riesgo en el embarazo, sino por riesgo de abortos, lo que es una circunstacia diferente, pues opino que dicho riesgo nada puede tener que ver con la prestación de servicios. En cuanto a si inspección se puede meter, lo dudo, la verdad. Aunque, como dice Mr. White, no puedes pactar renunciar a derechos reconocidos por convenio.
 

NOEMI

Miembro conocido
Yo creo tambien que igual la baja es por enfermedad común y no por riesgo de embarazo como tal, por lo que en este caso,no estaría bonificado su contrato.

Si ella no reclama,igual inspección no os va a decir nada, se me ocurre, no se que opináis hacer un documento donde se pacte el no pago del complemento IT por problemas económicos.
¿como véis esto?
 

Mr. White

Miembro activo
Leí lo del riesgo en diagonal, tenéis toda la razón.

Respecto al pacto, si viene en Convenio el complemento, la empresa queda en manos de la palabra de la trabajadora. Si cambia de opinión y reclama en plazo, toca pagar.

Además, hay otro riesgo, y es la infracotización: esa trabajadora puede reclamar por lo no cotizado por ese complemento - que no prescribe- al solicitar alguna prestación, sea la de desempleo o la de jubilación. Y la empresa debe en esos casos capitalizar esa parte de la prestación.

Si no viene en Convenio, no hay problema en pactar que no se abone en este supuesto.
 

ANUSKILLA

Nuevo miembro
la trabajadora no va a reclamar, lleva toda la vida en la empresa y fue ella la que planteó la situación. Mr White, la se va a seguir cotizando por la base del mes anterior a la baja, asique cotizar se va a cotizar como siempre lo que le corresponda, solo que no va aparecer en nomina el complemento, que eso sí que nos lo pide la trabajadora, porque si no lo cobra, lo normal es que no esté sujeto a retención y que no lo declare como recibido. Pues creo que vamos a tirar de esta forma, porque sino la empresa se hunde. como es administrativa, intentaremos que se dé de alta a falta de un mes del embarazo y solicitamos el riesgo por embarazo, que me comentan en la mutua que en en la ultima semanas para esas categorías suelen darlas sin problemas. Gracias a todos como siempre, por vuestra ayuda.
 
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