En marzo de 2025 se reconoce tras demanda y previo al juicio, un acuerdo en el que la empresa reconoce unos atrasos previos al despido de marzo de 2022 por 4.000 euros netos y una indemnización por 2000 €.
¿Los 4.000 euros los declaro en el 111 de este trimestre que es cuando se le abona o tengo que hacer complementaria de los ejercicios a los que corresponde, años 2022 y 2021?
En cuanto a la cotización de los atrasos, ¿complementaria de los periodos a los que corresponde las diferencias de cotización? ¿se acuerda neto, tengo que calcularlo a bruto, aplicando el 15% de retención y las cotizaciones del trabajador?
Gracias
¿Los 4.000 euros los declaro en el 111 de este trimestre que es cuando se le abona o tengo que hacer complementaria de los ejercicios a los que corresponde, años 2022 y 2021?
En cuanto a la cotización de los atrasos, ¿complementaria de los periodos a los que corresponde las diferencias de cotización? ¿se acuerda neto, tengo que calcularlo a bruto, aplicando el 15% de retención y las cotizaciones del trabajador?
Gracias