Acuerdo sobre distribución irregular de la jornada

CANDU

Miembro
Buenos días,
Una empresa de 5 trabajadores y a 3 de ellos van a tener que hacer distribución irregular de la jornada durante 12 meses, la empresa no tiene representante de los trabajadores, ¿Se puede hacer acuerdos de distribución irregular individual con cada trabajador?, es decir, añadir una clausula adicional a su contrato de trabajo donde se acuerda la distribución irregular de la jornada.
Por lo que he estado mirando, siempre dice que se debe pactar con los representantes de los trabajadores.
Muchas gracias por vuestras respuestas
 

Cachilipox

Miembro conocido
Supongo que se trata de una flexibilidad del 34.2 del ET.
Ese precepto contempla que en ausencia de acuerdo (por ejemplo, por inexistencia de una RLT con quien acordar nada), la empresa tiene la potestad unilateral de hacer cambios en hasta un 10 % de la jornada (la "jornada" a la que se refiere el citado artículo 34 es tanto la semanal como la anual, y se deben respetar "en todo caso" los descansos diarios y semanales", así como el tope de horas diarias)
Por otra parte, el artículo 61 y siguientes, respecto de la RLT, establece que existen determinadas figuras a partir de 6 empleados, delegados de personal y comités de empresa (a los que hay que sumar los delegados de sindicato de la LOLS).
En ausencia de esa RLT formal y de base legal, hay que entender que la RLT está constituida por la asamblea toda de los trabajadores y empleados, actuando como un único sujeto colectivo.

O sea, por decisión unilateral del empresario y/o pacto individual con cada trabajador (en la práctica es casi lo mismo), 10 % jornada flexible.
Con pacto explícito con la asamblea de trabajadores (los 5, aunque la medida afecte solo a 3), se puede superar ese tope del 10 %.
 

CANDU

Miembro
Muchas gracias por tu respuesta, se hará con pactos individuales de cada trabajador casi seguro.
 
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