acumulacion acciones

LABOR

Miembro activo
El tema esquematicamente es el siguiente: empresa que adeuda a los trabajadores 6 mensualidades, desde hace un par de meses "los jefes" no aparecen por la sede de mi cliente (tiene varias) y la cosa pinta muy mal: Luz, agua y suministros a punto de cortarse.......en fin más o menos una "bajada de persiana con muerte lenta."
Ante esto me panteo demandar en base al Art 50.1.b ET para que se produzca la extinción efectiva de cara al Desempleo, Fogasa etc..pero también tengo lógicamente que reclamar los salarios atrasados y la indemnización correspondiente y mi duda surge aqui.
Según el Art 27.4 LPL no se pude acumular la acción de despido a otra como "norma general" pero en su párrafo 2 DIce:
No obstante lo establecido en el párrafo anterior, cuando para la referida acción de extinción del contrato de trabajo del artículo 50 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores se invoque la falta de pago del salario pactado contemplada en la letra b del apartado 1 de aquel precepto, la reclamación salarial podrá acumularse a la acción solicitando la extinción indemnizada del vínculo.

Según esto entiendo que puedo acumular en la acción las 3 pretensiones?: 1.- Declarativa de extinción 2.- reclamación de salarios impagados y 3.- Reclamación de indemenización correspondiente?

O entiendo mal.....GRACIAS
 
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