ADMINISTRADORA DE NUEVA ZELANDA

CHARO

Miembro conocido
Una preguntita.  Una persona de nueva zelanda viene a españa, tiene permiso de residencia, pero no de trabajo, constituye una SL y está como administradora con cargo gratuito. Yo entiendo que si o si, tiene que estar de alta de autónomos, lo que significa que debe solicitar el permiso de trabajo en nuestro país, pero mi compañero de fiscal insiste que no ve lógico que este obligada a darse de alta en autónomos al tratarse de un cargo gratuito. ¿Cómo lo véis???
 
N

Nana

Guest
La obligatoriedad del alta en RETA te la da el inicio de actividad en AEAT, no cobrar de la empresa

Lo que tenéis que hacer es solicitar el permiso de trabajo por cuenta propia, ya que mientras no lo tenga, no puede darse de alta. Cuando lo tenga (indicad a extranjería que ha constituido una SL), dadle de alta en RETA y lo metéis en plazo adjuntado la concesión del permiso de trabajo

Salvo mejor opinión

Un saludo!!
 

Ro

Miembro activo
Comparto contigo y con Nana, que el cargo sea gratuito no exime de la obligatoriedad del alta reta. 
 

FERNANDO

Miembro conocido
A ver, si tiene control efectivo de la sociedad, va a RETA. Otra cosa sería que no tuviera dicho control efectivo, en cuyo caso no iría a régimen alguno de seguridad social.
 
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