agente/trade?

LABOR

Miembro activo
Vaya lío me acabo de montar...........
Resulta que un cliente me ha dicho que quiere contratar a un "comercial" pero que "no este en plantilla"
Una vez creo he distinguido las figuras del representante decomercio y el agente comercial, me inclino por este último
y estudio la ley del contrato de agencia donde observo que una de las notas prinicipales del agente es su independencia en cuanto a organización, horarios, disciplina...etc,etc ( en contraposición al representante) y me dispongo a empezar a preparar su contrato de agencia.........
Pero resulta que esta persona va a trabajar exclusivamente (ingresos 100 %) para mi cliente y deduzco que al darse de alta en autónomos tiene que hacerlo como Economicamente dependiente y en consecuencia tendría que hacer un contrato de autónomo E.D. en el que como sabéis se detallan horarios, vacaciones, jornada....etc,etc...........  vamos, todo lo que no hay  que hacer - entiendo- con un agente...... NO ENTIENDO NADA ¿QUE PUEDO HACER O ME ESTOY LIANDO POR MI IGNORANGIA?
Es un trade o es un agente? son compatibles o incompatibles?
2.- Para colmo de males, leo en un foro que si un trade está en exclusiva 3 años con el mismo empresario, su relación deviene en carácter laboral con lo cual.................ya me remata.......
¿alguna ayuda?
 

FERNANDO

Miembro conocido
si nada indica el autónomo, no será dependiente. Si no dice nada, pues, chitón ya callar que el régime del AED es más duro que el general.
 

LABOR

Miembro activo
YA PERO LO HA DICHO Y EL PROBLEMA ES QUE NO SE COMO COMPATIBILIZAR AMBOS REGÍMENES......
 

LABOR

Miembro activo
SI "SUGIRIESE" AL AGENTE QUE CONSTITUYERA UNA SOCIEDAD IRREGULAR(X EJ CON SU MUJERR) CREEIS
ENTONCES NO SERÍA DE APLICACIÓN EL SISTEMA TRADE O SERÍA NECESARIO OTRA FORMA SOCIETARIA MERCNATIL TIPO S.L.?
 
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