Buenos días,
En nuestra CÍA, hemos pasado de tener 55 empleados a 40. Existía un Comité formado por 5 miembros conforme a lo establecido en el Art.66 del E.T. Actualmente la representación, según dicho artículo correspondería a 3 miembros. ¿Cómo se puede promover el ajuste de representantes por parte de la empresa? Copio el párrafo del Art.67 sobre ajuste de miembros:
"Podrán promoverse elecciones parciales por dimisiones, revocaciones o ajustes de la representación por incremento de plantilla. Los Convenios colectivos podrán prever lo necesario para acomodar la representación de los trabajadores a las disminuciones significativas de plantilla que puedan tener lugar en la empresa. En su defecto, dicha acomodación deberá realizarse por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores"
En nuestra CÍA, hemos pasado de tener 55 empleados a 40. Existía un Comité formado por 5 miembros conforme a lo establecido en el Art.66 del E.T. Actualmente la representación, según dicho artículo correspondería a 3 miembros. ¿Cómo se puede promover el ajuste de representantes por parte de la empresa? Copio el párrafo del Art.67 sobre ajuste de miembros:
"Podrán promoverse elecciones parciales por dimisiones, revocaciones o ajustes de la representación por incremento de plantilla. Los Convenios colectivos podrán prever lo necesario para acomodar la representación de los trabajadores a las disminuciones significativas de plantilla que puedan tener lugar en la empresa. En su defecto, dicha acomodación deberá realizarse por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores"