alta artista para mañana

NOEMI

Miembro conocido
Ay!! me acaba de mandar un email un cliente que quiere contratar a un trabajador para un spot publicitario un dia!! me quedo muerta porque no he hecho en mi vida artitas, ayuda!! ¿que tengo que hacer?
1.- Abrir un CCC secundario con TRL régimen de artistas
2.- su alta en seguridad social, ¿como? contrato de obra sin mas y que grupo de cotización?
3.- Se comunica el contrato sin mas por contrat@? algo mas?

¿como se paga y cotiza?
 

InmaRase

Miembro activo
En efecto Noemi,

Tienes que abrir un CCC de artistas. el código es el 112
Tramitar su Alta en Seguridad Social igual que un trabajador en Régimen General, la excepción es que estos contratos siempre serán a tiempo completo (401) aunque la actuación sea solo por 2 horas al día por ejemplo.

El grupo de Cotización y las Bases de Cotización para este año 2017 las encontrarás en este enlace
http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/CotizacionRecaudaci10777/Regimenes/RegimenGeneraldelaS10957/TablasResumendebase9932/BasesdeCotizacionAr28036/index.htm

 

NOEMI

Miembro conocido
Se les paga vacaciones , indemnización fin de contrato etc...? o solo lo que se ha pactado con el por ese día, fecha de baja y alta el mismo día y listo
 

NOEMI

Miembro conocido
y otra cosa, ¿donde abro el código cuenta de cotización?  porque es una grabación de un anuncio de un día en una ciudad, pero entiendo que el código lo abro en la sede? y que pongo en centro de trabajo? ¿que dirección? en estos casos que se hace?
 

Noviembre

Miembro
Nunca tuve este caso, normalmente el CNAE es el de Artes escénicas, pero para empresas con actividad ya de espectacúlos
 

NOEMI

Miembro conocido
y el centro de trabajo pongo el domicilio de la empresa auqnue luego trabaje en un local distinto o así?
 

Noviembre

Miembro
Si sabes donde va a ser pon el centro de trabajo correcto, aunque a efectos de notificaciones pongas el social u otro domicilio
 

Santiago

Miembro conocido
Buenas tardes

Estoy en el mismo caso que la compañera NOEMI
¿Pudiste hacer el alta correctamente?

Entiendo que si la empresa no tiene CCC habría que sacar un CCC principal y uno secundario de artistas (código 112)

Otra consulta; según leo, debería ser informada la contratación del menor a la "Autoridad Laboral"
¿A quién se considera "Autoridad Laboral"? ¿A la TGSS?

Gracias
 

Ro

Miembro activo
Entiendo que si no tiene ccc principal no es necesario abrirlo. Solo darás de alta el de artistas.
Autoridad laboral es el servicio de empleo ( que no oficina de empleo) de tu comunidad autónoma. Donde informas las aperturas centro de trabajo, Eres, etc...en Galicia es en la Consellería de economía, emprego e industria  de la Xunta.
 
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