ALTA AUTONOMO

ASTRO

Miembro activo
Buenos dias, quería consultaros una cosa. Hasta ahora algunos clientes que tenían su trabajo en el régimen general y puntualmente facturaban algo, no se daba de alta de autónomos. Hace mil que no me preguntan, pero ahora con la nueva normativa por rendimientos, no se si ese criterio sigue siendo correcto o aunque facture 1000€ debería darse de alta en autónomos..gracias!
 

MarLo

Miembro conocido
Es un tema que con la nueva normativa se ha enturbiado todavía más... la habitualidad es el criterio. Pero... ¿quién estima cuando algo es habitual y cuando no? Es un concepto sin determinar en la normativa reta...

Generalmente se estimaba (jurisrprudencia) a favor del autónomo, que la no superación del SMI era el umbral de la habitualidad. Es decir: no habitualidad + ingresos por debajo de SMI = posibilidad de no tramitar alta en reta. Pero en las nuevas tablas de ingresos para fijar la cuota de autónomos, ya vemos que se fijan cuotas para ingresos por debajo del SMI, así que ojo! ya que además, TGSS e inspección, de primeras, si te pillan vas de cabeza a reta y luego corresponde demostrar los términos en los que realizas el trabajo.

 

ASTRO

Miembro activo
El autónomo por el que me viene esta pregunta, se lo he explicado y dice que se arriesga y no se da de alta como autónomo, hago el alta en la AEAT?
 
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