ALTA DE MENOR 30 AÑOS QUE CONVIVE CON EL AUTÓNOMO EN RÉGIMEN GENERAL

JAIMESG

Nuevo miembro
Buenas tardes. Me gustaría que alguien me dijera cómo debo de proceder a dar de alta a un menor de 30 años que convive con su padre autónomo.... Según la Ley 20/2007 pueden contratarles en el régimen general con la particularidad de estar excluidos de desempleo........ ¿Se les dá de alta en el mismo código de cuenta de cotización que el resto de empleados o se tiene que solicitar otro c.c.c.? ¿Tiene alguna particularidad clave o alto su alta a través de la página de la seguridad social?
 

Raquel GR

Miembro activo
No he dado ninguno en el general, pero supongo que al estar excluido de desempleo tendrás que abrir otro ccc.
De todas formas, al no tener desempleo, igual le parece más beneficioso darse de alta en autónomo, pues pagaría menos y tiene reducción de la cuota durante 15 meses y luego una bonificación durante otros 15, a mi me parece más interesante que en el RG y ya digo, de todas formas no tiene desempleo.

Un saludo.
 

aprendiz

Miembro
En el boletín de noticias 2007/09 de 18 de diciembre de 2007 se indica para estas altas de los hijos del autónomo:

"Para identificar a estos trabajadores, en las altas deberá cumplimentarse el campo ‘Exclusión de desempleo’ con un valor 3 -HIJO DEL TITULAR EXPLOTACIÓN-.

No indica que haya de solicitarse un nuevo ccc. Por lo que debe utilizarse el ccc normal.

La única ventaja que puede considerarse respecto al alta en RETA recomendada de manera elocuente por Raquel, es que en Reg. General dispones del contrato a tiempo parcial.

Saludos.
 

Raquel GR

Miembro activo
Pues sí aprendiz, eso parece, es verdad, que no se necesita nuevo ccc, se comunica su situación por el red y ya está, ya dije que no hice ninguno en RG.

Saludos.
 
Arriba