Salvador de Algeciras
Miembro
Tras inspección de trabajo el sr. actuante levanta acta de sanción y de liquidación por que en el momento de su visita se encuentra una señora que es comercial (agente comercial dada de alta en IAE desde hace 3 años) que colabora como comercial con la empresa sancionada. Hace alta de oficio y ahora empiezan los líos:
- Alego contra las actas de sanción y liquidación de cuotas hasta el periodo inicial (de enero a abril 2013). Está pendiente de resolución aunque el inspector reitera su informe. Terminará en el contencioso seguramente (AFAN RECAUDATORIO VS EXTORSIONADOR). Pero no aparece todavía como deuda al estar pendiente de resolución.
- Hago alzada contra el ALTA DE OFICIO evidentemente para nada, es desestimado y ahora habrá que ir al Contencioso.
-Empiezan a llegar las RECLAMACIONES DE CUOTAS POR NO COTIZAR POR LA TRABAJADORA DADA DE ALTA DE OFICIO, mes a mes.
Y aquí es dónde os pido opinión:
- ¿Hago alzada contra cada una de las reclamaciones mensuales que vayan llegando?
El inspector, claro está, ha tomado bases estimadas de ....2089.35 mensuales. Ole ole y ole, en el sector de la mensajería privada una comercial a tiempo parcial tiene esos salarios... menuda usura¡¡¡
Imaginaros la pequeñita empresa con 3 empleados a media jornada y que ahora le viene 757 por la trabajadora en alta de oficio QUE TIENE QUE IR PAGANDO para después, si se gana el asunto (en lo contencioso por que esta gente tengo claro no van a recular) solicitar la devolución de ingresoso indebidos.
Algún consejo sobre cómo actuar??
- Alego contra las actas de sanción y liquidación de cuotas hasta el periodo inicial (de enero a abril 2013). Está pendiente de resolución aunque el inspector reitera su informe. Terminará en el contencioso seguramente (AFAN RECAUDATORIO VS EXTORSIONADOR). Pero no aparece todavía como deuda al estar pendiente de resolución.
- Hago alzada contra el ALTA DE OFICIO evidentemente para nada, es desestimado y ahora habrá que ir al Contencioso.
-Empiezan a llegar las RECLAMACIONES DE CUOTAS POR NO COTIZAR POR LA TRABAJADORA DADA DE ALTA DE OFICIO, mes a mes.
Y aquí es dónde os pido opinión:
- ¿Hago alzada contra cada una de las reclamaciones mensuales que vayan llegando?
El inspector, claro está, ha tomado bases estimadas de ....2089.35 mensuales. Ole ole y ole, en el sector de la mensajería privada una comercial a tiempo parcial tiene esos salarios... menuda usura¡¡¡
Imaginaros la pequeñita empresa con 3 empleados a media jornada y que ahora le viene 757 por la trabajadora en alta de oficio QUE TIENE QUE IR PAGANDO para después, si se gana el asunto (en lo contencioso por que esta gente tengo claro no van a recular) solicitar la devolución de ingresoso indebidos.
Algún consejo sobre cómo actuar??