Tengo una Comunidad de Bienes formada por un matrimonio, copropietarios al 50%. Quieren nombrar a su nuera como administradora retribuida de la Comunidad, sin participación en la propiedad y sin convivencia con ellos.
La consulta es:
¿En qué régimen de la Seguridad Social correspondería darle de alta?
¿Sería procedente el Régimen General como trabajadora por cuenta ajena, o habría que acudir al RETA (autónomos)?
¿Podría encuadrarse en el Régimen General con exclusión de desempleo y FOGASA, teniendo en cuenta que no hay convivencia ni es familiar directo?
Agradecería orientación sobre el encuadramiento correcto
Gracias!
La consulta es:
¿En qué régimen de la Seguridad Social correspondería darle de alta?
¿Sería procedente el Régimen General como trabajadora por cuenta ajena, o habría que acudir al RETA (autónomos)?
¿Podría encuadrarse en el Régimen General con exclusión de desempleo y FOGASA, teniendo en cuenta que no hay convivencia ni es familiar directo?
Agradecería orientación sobre el encuadramiento correcto
Gracias!