Buenos días.
Tengo que dar de alta un trabajador que no fue subrogado por una empresa de limpieza con fecha 01/06/2011 por adjudicación de la nueva contrata de limpieza. El asunto está en el SMAC, el trabajador ha reclamado contra la empresa saliente y contra la entrante. La entrante reconoce que tenía que haberlo subrogado, y ha llegado a un acuerdo con el trabajador de abonarle la nómina de Junio y los dias de Julio hasta el día de mañana que le hace un despido improcedente y le abona la indemnización. Mi duda está en si a la hora de darlo de alta con fecha retroactiva (1 de Junio) y aunque se presente toda la documentación justificativa de la situación ante Tesorería, ¿tendrá que pasar la empresa entrante por una Inspección de Trabajo con consiguiente sanción económica por causa del alta fuera de plazo? Muchas gracias. Saludos
Tengo que dar de alta un trabajador que no fue subrogado por una empresa de limpieza con fecha 01/06/2011 por adjudicación de la nueva contrata de limpieza. El asunto está en el SMAC, el trabajador ha reclamado contra la empresa saliente y contra la entrante. La entrante reconoce que tenía que haberlo subrogado, y ha llegado a un acuerdo con el trabajador de abonarle la nómina de Junio y los dias de Julio hasta el día de mañana que le hace un despido improcedente y le abona la indemnización. Mi duda está en si a la hora de darlo de alta con fecha retroactiva (1 de Junio) y aunque se presente toda la documentación justificativa de la situación ante Tesorería, ¿tendrá que pasar la empresa entrante por una Inspección de Trabajo con consiguiente sanción económica por causa del alta fuera de plazo? Muchas gracias. Saludos