Es correcto, se debe hacer un alta previa a Hacienda marcando la casilla 504 y cuando se inicie la actividad el alta definitiva (casilla 508), que será la que inicia la obligación de darse de alta de autónomos.
Eso es lo que dice la teoría porque no hace mucho una funcionaria de Hacienda me dijo que no era necesario ese alta previa porque los gastos previos ya se consideraban deducibles sin hacer falta la comunicacion