ALTA SOCIO ADMINISTRADOR

afj

Miembro
Socio de S.L. con un 20% de participaciones en la sociedad y nombrado administrador único. Va a Régimen General asimilado, pero nunca he hecho un alta en este régimen a ver si alguien me puede guiar. Tendré que solicitar un CCC específico?(no tiene trabajadores actualmente), se que no cotizan por Desempleo y Fogasa, pero Cómo y qué cotizaría este trabajador, habrá que incluirle una nómina y cotizará en función de su BC, con su correspondiente retención de IRPF y presentar liquidaciones de cotización como un trabajador normal?.

Gracias....
 

Noviembre

Miembro
Yo los trabajadores en régimen asimilado que tenía por la unificación de códigos que está haciendo la TGSS ya están afiliados a los CCC generales normales, así que supongo que les podrás dar de alta en el código general, yo llamaría a la seguridad social para preguntar si tienes que abrir un nuevo código o no
 

NOEMI

Miembro conocido
A mí me lo unificaron también.creo que tienes que darle de alta en el CCC de la empresa con alguna perculiaridad.escribe a oráculo cassia y preguntales
 

afj

Miembro
En cuanto a la cotización se haría una nómina como un trabajador normal y se cotizaría en función a su base de cotización??. Escribiré a CASIA para el tema del CCC porque llamar  :eek:.

Gracias por las respuestas....
 

Nana

Miembro conocido
Hola

Imagino que CASIA te habrá contestado ya, pero por si no, debes abrir tramite CASIA, inscripción, asignación CCC, anotación TRL no implementados en RED

y les dices que te graben la peculiaridad del asimilado en el CCC

Les debes aportar la escritura o documento donde se justifique el asimilado

Nomina: sí, siempre aplicando la base mínima del grupo 1

A más info  ;)
 

afj

Miembro
Nana dijo:
Hola

Imagino que CASIA te habrá contestado ya, pero por si no, debes abrir tramite CASIA, inscripción, asignación CCC, anotación TRL no implementados en RED

y les dices que te graben la peculiaridad del asimilado en el CCC

Les debes aportar la escritura o documento donde se justifique el asimilado

Nomina: sí, siempre aplicando la base mínima del grupo 1

A más info  ;)
hice la consulta en Casia, esta es la respuesta: "Tiene que hacer el alta en el ccc principal siempre que tenga anotada la pec 041 con el trl 951 ya que si no es así, deberá primero solicitar dicha anotación a través de nuevo caso tipo trámite. Un saludo".
Para le tema de la nómina me comentan que en pricipio tendrá un sueldo solo significativo (unos 300€) ya que la Sociedad está arrancando, debe cotizar la empresa por este trabajdor por los 1.466,40€ mínimo??, le saldrían unos seguros social es de unos 410€ mensuales....Me dicen que si no hay forma de abaratar ese coste de momento.
 

Cachilipox

Miembro conocido
No, lo de asimilar a ciertos administradores y consejeros ejecutivos a lo laboral es una ficción jurídica, a los solos efectos de régimen de encuadramiento. Pero eso no transforma la naturaleza del vínculo, que es mercantil.
No importa tanto el tiempo efectivo que dedique a administrar, sino que el hecho de ser administrador lo es sin límite de tiempo, ergo, jornada completa.
 

afj

Miembro
Se complica la cosa, me dice que uno de los socios en autonomo societario en otra sociedad, mi duda es, cambiando este a Administrador Único en escritura podría valer o tendría que tener mas del 33%?, la Sociedad tiene el alta en la actividad desde el 01/01/2021 y aún no tiene ningún asimilado al alta o RETA, supongo que si se da ahora el alta, la TGSS cogerá los efectos del alta con la fecha del alta censal
 
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