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Buenas tardes, se va a proceder a suspender el contrato de una trabajadora por embarazo de riesgo, es necesario dar alta a la trabajadora sustituta el mismo dia que se le suspende el contrato a la otra, o ¿hay algún plazo para sustituirla? gracias.
No es necesario dar de alta a la sustituta el mismo dia, de hecho tendria que ser al día siguiente.
La podras dar de alta, mientras dure la interinidad.
Embarazo de riesgo siempre es por problemas en el embarazo que nada tienen que ver con las condiciones laborales, es una baja por enfermedad común, no hay bonificación por sustitución.
Otro tema distinto es baja por Riesgo durante el embarazo que en este caso se debe a los problemas ocasionados por el puesto de trabajo a la embarazada y es una baja que se solicita a la Mutua y sí tiene bonificación si se sustituye por una persona desempleada.
Si perdón me refería a la baja por riesgo durante el embarazo, se va a hacer un contrato de sustitución con una persona dada de alta en el paro para poder bonificar, el alta de esa persona en RED debe de hacerse el mismo día que se suspende el contrato de la embarazada o puede hacerse dias despues sin riesgo a perder la bonificación.
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