Anticipo trabajador

Carlos80

Miembro
Buenos días, un cliente le dio en junio un adelanto de 800€ a un trabajador.

En la nómina he puesto ese anticipo de 800€ y me llama el cliente que quiere que en la nómina no salga ese anticipo,que se vea la nómina normal.

Ahora mi duda, se puede hacer esto?

Cómo podia contablizarlo? Me podéis alguna idea

Si por ejemplo contabilizamos su nomina ( datos no reales)

1800 Sueldos y salarios a 4751 100
476 200
465 1500
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ahora el 30 de junio le ingresan 700€:

700 465 a 572 700

y el anticipo que no quiere que aparezca en la nómina puede contabilizarse así

800 465 a 572 800




Sería correcto? Gracias.
 

Wastual

Miembro conocido
En el caso de que la empresa se avenga a la petición de la persona trabajadora de no reflejar el descuento en el líquido del anticipo percibido, recomiendo insistentemente suplir dicha eliminación de la hoja de haberes con un documento aparte en el que el trabajador rubrique el hecho de que hubo un pago anticipado previo y a cuenta de la nómina del mes correspondiente, incluyendo en él el justificante de la transferencia de los fondos, para evitar hipotéticas futuras reclamaciones: hay que tener en cuenta se le está entregando una liquidación que ha sido satisfecha por importe inferior sin reflejar el motivo. Al menos, que esto se haga separadamente, pero que exista acreditación a buen recaudo del pagador, de lo contrario, en absoluto recomiendo proceder con la solicitud que indicas.

Ahora bien, respecto a la contabilización:
- En el momento del pago del anticipo: cargo en (460) con abono en (572), constituyéndose así un derecho de crédito por el anticipo realizado en este momento, y por su importe
- Y una vez que se produzca el asiento mensual habitual relativo a las remuneraciones de la plantilla, respecto de este trabajador en cuestión, realizar el apunte ordinario (gasto por importe de salario bruto + cotización empresarial con abono respectivo al por importe neto pendiente de abono al trabajador (465) + Seguridad Social (476) y H.P (4751), acreedoras ambas) (sin diferencias, como si no existiese el adelanto en cuestión) y, a continuación, introducir la compensación -la clave de este caso-:
Cargo en (465) por el salario neto -se cancela el pasivo al efectuarse el pago de la nómina- con abono en 572 por lo que resta de transferir y en 460 por el adelanto, anulándose también este derecho a descuento que había adquirido la empresa, según lo anterior.
 
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