ANTIGÜEDAD PARA EL DESPIDO

CANDU

Miembro
un trabajador con los siguientes contratos:
1.- alta 1/8/11 - baja:31/07/12 - se paga el finiquito
2.- alta 1/8/12 - baja: 31/12/12 - se paga el finiquito
3.- alta 1/1/13 - baja: 18/11/13 - se le despide.
Como tiene los contratos anteriores finiquitados, ¿la antigüedad para calcular la indemnización cual sería?.  Muchas gracias
 

CANDU

Miembro
pero entonces la cantidad que se le pago como finiquito se pierde?. ¿No hay forma de descontarlo de la indemnización?. Gracias.
 

leguleyo

Nuevo miembro
Yo es que los contratos 402 "legales" en pymes creo que son como el cometa Halley, veo uno cada 86 años.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Si los contratos están en fraude de ley, no es posible. Pero sí si son contratos legales (lo que es difícil, claro).
 

leguleyo

Nuevo miembro
Tenía 9 años cuando lo "vi" por última vez  ;D

Ahora más en serio: en 14 años de profesión, habré visto como mucho 5 contratos eventuales por circunstancias de la producción con una causa de temporalidad defendible 100%. El resto, refuerzos de campañas, apoyos y cosas similares...
 

CANDU

Miembro
Me he acordado que durante el año 2012 hubo una ley en la que se podían hacer mas de dos contratos temporales seguidos sin que fuera fijo el trabajador, es decir, se podían encadenar contratos temporales. ¿Alguien se acuerda donde venia esto?. Muchas gracias por vuestra inestimable ayuda.
Ya sé cual es R.D.L 10/2011, art.5 y Ley 3/12, art.17, en la que se dice que quedará excluido del computo del plazo de 24 meses el periodo entre el 31/8/11 al 31/12/12. Entonces si queda excluido este periodo para el cómputo de los 24 meses, ¿entonces también quedaría excluido para el computo de la antigüedad a efectos de despido?. Gracis
 
Arriba