ANTIGÜEDAD

GEMMAMAT

Nuevo miembro
Buenas tardes:
A ver si me se explicar,:
En la asesoria llevamos una empresa de enseñanzas musicales ( donde ha salido el convenio colectivo publicado), la cuestión es que los profesores que estan de alta , cada curso escolar tienen una jornada laboral,dependiendo de los alumnos que se matriculen cada año.

Para el cálculo de la antigüedad( son trienios) como procederiais....??
-cada año depenidendo de la jornada laboral le pondrias una cantidad??
-o cuando llegue el momento de realizar el nuevo calculo de antigüedad por que ha generado otro trieno, ese nuevo trieno calculo en base a la jornada que tenga ese curso y sumarlo al que ya tiene generado anteriormente??

Gemma
 

BSK

Miembro activo
GEMMAMAT dijo:
Para el cálculo de la antigüedad( son trienios) como procederiais....??
-cada año depenidendo de la jornada laboral le pondrias una cantidad??
-o cuando llegue el momento de realizar el nuevo calculo de antigüedad por que ha generado otro trieno, ese nuevo trieno calculo en base a la jornada que tenga ese curso y sumarlo al que ya tiene generado anteriormente??

Gemma

Si por ejemplo son trienios del 5% sobre el salario base, pues aplica ese 5% en la nómina del mes en la que cumplan 3 años o bien a partir de Enero del año próximo, los convenios suelen dar el criterio. En mi caso, si el convenio no dice nada, cuando llega el mes en el que cumple le aplico la antigüedad.

 

GEMMAMAT

Nuevo miembro
La cuestión es que yo lo que estoy haciendo es que yo le estoy aplicando la misma antigüedad que desde la primera hasta que llegue otro trienio y todo la cantidad trienio que indica el convenio colectivo según la jornada de trabajo que tiene cuando cumple el nuevo trienio y le sumo el trienio anterior más el nuevo trienio y esto lo mantengo hasta que llegue otro trienio, aunque cada año varíe la jornada laboral del profesor, y la verdad, no se si lo estoy haciendo bien., ya que puede ser que en un mismo curso escolar varíe la jornada puesto que se pueden matricular más alumnos o al contrario.


Gemma
 

BSK

Miembro activo
GEMMAMAT dijo:
La cuestión es que yo lo que estoy haciendo es que yo le estoy aplicando la misma antigüedad que desde la primera hasta que llegue otro trienio y todo la cantidad trienio que indica el convenio colectivo según la jornada de trabajo que tiene cuando cumple el nuevo trienio y le sumo el trienio anterior más el nuevo trienio y esto lo mantengo hasta que llegue otro trienio, aunque cada año varíe la jornada laboral del profesor, y la verdad, no se si lo estoy haciendo bien., ya que puede ser que en un mismo curso escolar varíe la jornada puesto que se pueden matricular más alumnos o al contrario.


Gemma

Por ejemplo:

Al tercer año: Salario base 1.000 € x 5% = 50 €
Dentro del tercer año: Le sube el salario base a 1.200 € x 5% = 60 € (y nada más no le sumo nada)
Dentro del tercer año: Le baja el salario base a 900 € x 5% = 45 €
Al sexto año: Salario base 1.000 € x 10% = 100 €
 

GEMMAMAT

Nuevo miembro
Y si en un mismo año existen varias jornadas, es que puede ser que 3 meses esté la jornada al 50% , pero al 4 meses le baja al 40% , entonces que haces , también le bajas la antigüedad??

Lo siento, me parece un tema bastante lioso o es que ya hoy no doy más de si!!
:p

Gemma
 

BSK

Miembro activo
GEMMAMAT dijo:
Y si en un mismo año existen varias jornadas, es que puede ser que 3 meses esté la jornada al 50% , pero al 4 meses le baja al 40% , entonces que haces , también le bajas la antigüedad??

Lo siento, me parece un tema bastante lioso o es que ya hoy no doy más de si!!
:p

Gemma

El concepto de antigüedad en casi todos los convenios lo ligan al salario base, por consiguiente, este concepto ha de moverse lo que se mueva el salario base, si es hacia arriba subirá, si es hacia abajo, bajará.
 

GEMMAMAT

Nuevo miembro
Lo siento BSK , pero en este caso no esta ligado, es una cantidad fija para cada categoria/grupo profesional:
el articulo dice:
Por cada trienio vencido, el trabajdor tendra derecho a percibir la cantidad que, a tal efecto, se indica en las tablas salariales .El importe de cada trienio, sde hará efectivo en la nómina del mes de vencimiento.


Gemma
 

JAIMESG

Nuevo miembro
GEMMAMAT te estás contestando tu sola.
El módulo de cálculo no va referenciado al salario base, pues vas referenciado a una cuantía fija por trienio.
Así las cosas, ese importe será por cada trienio para un trabajador A JORNADA COMPLETA.
Por tanto, irá cambiando (reduciéndose y aumentándose) en proporción..... a la mitad si es media jornada por ejemplo.....
Es definitiva, es lo mismo que te están argumentando pero referenciado a ese importe fijo por módulo y no por referencias al Salario Base.
 
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